Boletín nº 225 (21-11-2014)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 7.644/2014

Intentada la notificación a don Antonio Carmona Pavón, en representación de Actividades y Gestión de Ocio SA de la resolución número 1982 firmada por el Sr. Alcalde-Presidente con fecha 20-10-14, sin haberse podido efectuar, se hace público la misma, que copiada dice así:

Resultando que:

1. Con fecha 06-05-13 el Sr. Alcalde firma resolución número 749, por la cual se resolvió por culpa del adjudicatario el contrato de Gestión del servicio público de las instalaciones de la piscina municipal descubrible y al aire libre con la mercantil Actividades y Gestión del Ocio SA, fundamentada en el abandono del servicio, y la falta de prestación del mismo por parte del concesionario y la consiguiente ruptura unilateral del contrato, catalogable de incumplimiento culpable de sus obligaciones esenciales de prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlos en las condiciones que hayan sido establecidas, recogida en el artículo 256 a) de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público y artículo 279.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y 28.2 del Pliego de cláusulas administrativas particulares que rigen esta contratación, que constituye causa de Resolución prevista en el artículo 206 h) de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público y cláusula 7,28.2 y 31 del Pliego de cláusulas administrativas particulares que rigen esta contratación, lo que conllevaría la correspondiente incautación de la garantía y el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados, si no fuese suficiente la garantía.

2. Valorándose los daños de la instalación debidos al incumplimiento del deber de conservación de las instalaciones en un total de 22.155,46 euros e incautándose en su consecuencia la garantía constituida en su día ascendente a 20.000 euros.

3. Visto que existe una diferencia de 2.155,46 €.

Vistos los antecedentes expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 101. 2 del TRLCSP.

Resuelvo

Primero. Incoar el procedimiento para acordar, la reclamación de indemnización que exceden de la garantía incautada, esto es de 2.155,46 € a la mercantil Actividades y Gestión del Ocio SA.

Segundo. Otorgar un plazo de audiencia de diez días naturales desde la recepción de la notificación de la presente al contratista.

Tercero. Dar cuenta de esta Resolución a la Intervención y Tesorería Municipal.

Montoro, 29 de octubre de 2014. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Antonio Sánchez Villaverde.

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