Boletín nº 9 (15-01-2015)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 11
Sevilla
Nº. 10/2015
Juzgado de lo Social Número 11 de Sevilla
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 270/2014 Negociado: 3
De: Fundación Laboral de la Construcción
Contra: Pergonza Grupo Const. SL
DOÑA CECILIA CALVO DE MORA PÉREZ, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 11 DE SEVILLA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 270/2014 a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Pergonza Grupo Const SL, sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resoluciones de fecha 17-12-2014 del tenor literal siguiente:
"Auto
Parte Dispositiva
Acuerdo despachar ejecución contra los bienes y derechos propiedad de la demandada: Pergonza Grupo Const SL, por la cuantía de 234,98 euros de principal y de 37,59 euros en que provisionalmente se presupuesten los intereses y costas.
Contra la presente resolución, cabe interponer Recurso de Reposición por escrito presentado dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma la Ilma. Sra. Doña. Adelaida Maroto Márquez, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social Número 11 de Sevilla. Doy fe. La Magistrada Juez. La Secretaria.
Decreto
Parte Dispositiva
Acuerdo:
Único. El embargo de los saldos favorables de cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualesquiera otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos de las que aparece como titular la demandada en Caja Rural de Córdoba SCC y en las entidades que están adscritos al Punto Neutro de la terminal informática del Juzgado y para su efectividad se da la oportuna orden telemática así como a la AEAT para que proceda a la retención de las cantidades de las que resulte acreedora la demandada.
Notifíquese el presente junto con el auto de ejecución a las partes, previniéndoles que contra esta resolución cabe interponer Recurso directo de Revisión, sin efecto suspensivo, ante el Magistrado Juez que dictó la orden general de ejecución.
El recurso se interpondrá por escrito dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación, citando la disposición que esta resolución hubiese infringido.
La parte que no gozara del beneficio de la justicia gratuita deberá constituir depósito de 25 euros en la cuenta de Banco Santander: ES 55 0049 3569 92 000500 1274 Concepto 4071-0000-00- (número de expediente y año).
Así lo decreta y firma Doña Cecilia Calvo de Mora Pérez, Secretaria del Juzgado de lo Social Número 11 de Sevilla. Doy fe".
Y para que sirva de notificación al demandado Pergonza Grupo Const SL, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
En Sevilla, a 17 de diciembre de 2014. La Secretaria Judicial, firma ilegible.