Boletín nº 17 (27-01-2015)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 317/2015

El Diputado Delegado de Cultura en su decreto de fecha 16 de enero de 2015, aprobó las Bases para la recepción de ofertas culturales para la configuración del Catálogo Artístico de la Diputación de Córdoba, que se regirá por las siguientes:

BASES PARA LA RECEPCIÓN DE OFERTAS CULTURALES PARA LA CONFIGURACIÓN DEL CATÁLOGO ARTÍSTICO DE LA DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA

PREÁMBULO

Los objetivos esenciales de este programa se centran, por un lado, en una mejora de la calidad de la programación cultural en la provincia, una mayor presencia de la Diputación Provincial en la programación cultural de los distintos municipios de la provincia y por otro en una mayor participación de los Ayuntamientos en la gestión de los programas patrocinados por la Diputación de Córdoba.

Con esta convocatoria a los agentes y empresas culturales se pretende ordenar la oferta existente para la constitución de un catálogo que se pondrá a disposición de los Ayuntamientos de la provincia para la confección de sus propios programas culturales. Por tanto, no se trata de establecer las bases de una contratación sino de una amplia recepción de propuestas para una posterior selección de la oferta de mejor calidad con vistas a la programación cultural del año 2015.

Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasione una dificultad perturbadora añadida a la lectura y comprensión de las presentes Bases, se hace constar expresamente que cualquier término genérico referente a personas, como lector, escritor, técnico, etc., debe entenderse en sentido comprensivo de ambos sexos.

1. Objeto

1. El objeto de esta convocatoria es la realización de un catálogo de ofertas culturales que sirva como base para la programación del Circuito Provincial de Cultura para el año 2015. Los programas, actuaciones o actividades que se presenten deberán estar ya producidas y disponibles para su realización. Corresponde la coordinación de los mismos a la Delegación de Cultura, previa concertación de las condiciones con el municipio correspondiente.

2. Las propuestas presentadas no podrán superar el importe de 3.500,00€ (IVA incluido) incluyendo la totalidad de los gastos (ficha técnica, transporte, dietas, etc.).

3. El caché que figurará en el catálogo será considerado estimativo y servirá de referencia como precio máximo. Las condiciones económicas definitivas así como el resto de los acuerdos y pormenores sobre la actuación o actuaciones, se acordarán entre la compañía/formación y los municipios.

4. La inclusión en el Catálogo no implica la obligación de contratar.

2. Solicitantes

1. Podrán presentar sus ofertas de participación las entidades residentes en el territorio nacional o sus representantes legales, que estén dados de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.

2. La convocatoria se dirige a empresas, compañías y formaciones profesionales, de carácter privado, constituidas en algunas de las figuras empresariales previstas por la Ley, quedando expresamente excluidas las asociaciones u otras entidades sin ánimo de lucro, dentro de los siguientes ámbitos de actuación:

a. Artes Escénicas (teatro, danza, circo&).

b. Música (Todas las modalidades, salvo las formaciones musicales especializadas en animación de ferias, festejos, etc.).

c. Flamenco.

d. Difusión del Patrimonio Cultural.

e. Fomento de la Lectura y de la Escritura.

3. Las empresas, compañías o formaciones profesionales podrán optar bien por presentar por sí mismos las solicitudes, bien por presentarlas mediante las empresas titulares de los derechos de explotación, aportando en este caso la documentación acreditativa de la representación.

4. Las empresas, compañías o formaciones profesionales que opten por la representación, no podrán otorgarla a más de una empresa representante, desechándose las solicitudes para una misma compañía o formación presentadas por distintas vías de representación.

5. Para esta convocatoria solo se podrá presentar una propuesta por ámbito de actuación.

3. Plazo de recepción de ofertas

1. Se abre un único plazo de presentación de ofertas y entrega de documentación de treinta días naturales contados desde el día siguiente de la fecha de publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

2. Las solicitudes firmadas electrónicamente por el interesado o representante irán acompañadas de la documentación requerida y serán dirigidas a la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Córdoba, presentándose de manera exclusiva a través del Registro Electrónico de la Diputación de Córdoba, en los términos que expone el artículo 7 del Reglamento del Registro Electrónico (http://www.dipucordoba.es/tramites/sobre_la_sede_electronica/doc/12944).

El mencionado Registro Electrónico proporcionará documento de acuse de recibo de la transacción realizada en los términos que refleja el artículo 6 del mismo Reglamento citado.

3. La solicitud se realizará a través del correspondiente formulario electrónico cuyos datos figuran en el Anexo I. Este formulario estará disponible desde el primer día en que sea posible la tramitación en la Sede electrónica de la Diputación de Córdoba (http://www.dipucordoba.es/tramites)

4. Con el fin de asegurar la identidad del peticionario, para acceder a la aplicación informática se requerirá estar en posesión del documento nacional de identidad electrónico (DNIe) o certificado digital reconocido de persona física o jurídica, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.

La información sobre los requisitos y medios para obtener el certificado digital de usuario estará disponible en la Sede electrónica de la Diputación de Córdoba (http://www.dipucordoba.es/tramites)

5. Si la solicitud formulada no reuniera los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días naturales, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6. La utilización del Tablón de anuncios electrónico será medio exclusivo de notificación en la instrucción del procedimiento.

4. Documentación

La documentación a entregar será la siguiente:

1. Solicitud debidamente cumplimentada (Anexo I) por cada propuesta que se presente, que irá acompañada de la siguiente documentación:

2. Dossier de la propuesta presentada con sinopsis del espectáculo o actividad, trayectoria, ficha artística, técnica, etc.

3. En caso de que las empresas, compañías o formaciones profesionales opten por presentar las solicitudes mediante las empresas titulares de los derechos de explotación, deberán aportar documentación acreditativa de lo acordado entre las partes, conforme a lo establecido en la Base segunda de la presente Convocatoria.

4. Acreditación del alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.

5. Proceso de selección

A) Criterios de selección de ofertas

La selección de las solicitudes recibidas con destino a la conformación del Catálogo de Ofertas Culturales para el Circuito Provincial de Cultura para el año 2015, se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios:

a) Valoración artística, originalidad e innovación creativa de la propuesta.

b) Valoración de la trayectoria profesional de la compañía o formación.

c) La idoneidad de la propuesta presentada para su programación, exclusivamente cultural, en los distintos espacios de la provincia.

d) Valor educativo de la actividad

e) La oferta económica (caché)

La puntuación máxima a alcanzar por las ofertas será de 100 puntos, correspondiendo 20 puntos a cada criterio de selección.

B) Comisión de selección de ofertas

a) Una vez examinadas todas las propuestas, programas, actuaciones o actividades recibidas, su valoración estará a cargo de una Comisión de selección de ofertas compuestas por:

- El Diputado de Cultura que actuará como Presidente de la Comisión.

- El Jefe del Departamento de Cultura, que actuará como Secretario de la Comisión

- El Coordinador de la Delegación de Cultura.

- Personal Técnico de la Delegación de Cultura.

- 1 asesor externo experto en cada uno de los ámbitos de actuación contenidos en la presente Convocatoria.

La Comisión se regirá

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