Boletín nº 25 (06-02-2015)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de Instrucción Numero 1
Córdoba

Nº. 415/2015

Juzgado de Instruccion número 1 de Cordoba

Procedimiento: Juicio Faltas 178/2014. Negociado: L

De: José Antonio Rey Ponferrada

Contra: José David Hernández Carmona y Antonio Aranda Mármol

 

DON JORGE PÉREZ REIN, SECRETARIO DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE CÓRDOBA, DOY FE Y TESTIMONIO:

Que en el Juicio de Faltas número 178/20, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

"En Córdoba, a 28 de noviembre de 2014, la Ilma. Sra. Magistrada-Juez Doña María Teresa García Rollán, titular del Juzgado de Instrucción Número 1 de este Partido, después de presidir el Juicio Oral celebrado, en nombre de S.M. El Rey, pronuncia la siguiente:

Sentencia Número 378

En este Juzgado se han tramitado autos de Juicio de Faltas número 178/14, seguido por hurto contra José David Hernández Carmona y Antonio Aranda Mármol.

Fallo

Que debo condenar y condeno a José David Hernández Carmona, como autor de una falta de hurto a la pena de 40 días de multa a razón de 4 euros día; así como al abono de las costas procesales causadas. En concepto de responsabilidad civil, el condenado ha de indemnizar al perjudicado en la suma de 300,02 euros a la que asciende el valor del terminal.

En virtud del principio acusatorio, procede la absolución de Antonio Aranda Mármol.

De no satisfacerse la multa por el penado, el mismo quedará sujeto a la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal.

Líbrese certificación de esta Sentencia para unirla a los autos de su razón, y notifíquese a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y que contra ella cabe interponer, en el plazo de cinco días, Recurso de Apelación en este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Córdoba.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de Sentencia a Antonio Aranda Mármol y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, expido la presente en Córdoba a 19 de enero de 2015. El Secretario, firma ilegible.

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