Boletín nº 29 (12-02-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Obejo

Nº. 863/2015

Por el Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, se hace público para general conocimiento, que con fecha 21 de enero de 2015 se dictó por dicho órgano la siguiente Resolución de referencia 2015-015, que transcrita literalmente dice:

Vistos los oficios recibidos del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada de fecha 23 de diciembre de 2014, (RE números 104 y 105 5 de 14-1-2015) por el que se recuerda a este Ayuntamiento que han cumplido los mandatos de cuatro años de los cargos de Juez/a de Paz Titular y Juez/a de Paz Sustituto/a,

Visto el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que refiere que dichos nombramiento recaerán en las personas elegidas por el respectivo Ayuntamiento, y lo establecido en el artículo 5 del Reglamento 3/1995 de los Jueces de Paz, por medio del presente,

He Resuelto

1º. Efectuar Convocatoria Pública para los cargos de Juez/a de Paz Titular y Juez/z de Paz Sustituto/a del Municipio de Obejo, para lo cual se fija el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo deberá fijarse anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción del Partido Judicial o Juzgado Decano de Córdoba y en el propio tablón de anuncios del Juzgado de Paz. Los interesados unirán a su solicitud fotocopia compulsada del DNI. Podrán ser nombrados Jueces/zas de Paz, tanto Titular como Sustituto/a, quienes, aún no siendo licenciados en Derecho reúnan los requisitos establecidos en la LOPJ para el ingreso en la Carrera Judicial y no estén incursos en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad previstas para el desempeño de las funciones judiciales.

2º. Dar Cuenta de la presente resolución al Pleno Corporativo en la primera sesión que celebre.

En Obejo, a 21 de enero de 2015. El Alcalde, Fdo. Luis Sánchez Marín.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad