Boletín nº 30 (13-02-2015)
VI. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 599/2015
Aceptada por acuerdo plenario de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba de fecha 18 de diciembre de 2014, la ampliación de la delegación de competencias de las facultades recaudatorias en relación con las tasas de abastecimiento, tratamiento y depuración de aguas del Iltmo. Ayuntamiento de Lucena (Córdoba), se transcribe a continuación el acuerdo de delegación adoptado por la Corporación del referido Ayuntamiento en sesión plenaria de fecha 28 de octubre de 2014 para general conocimiento:
Primero:
1. Ampliar la delegación de competencias en la Excma. Diputación Provincial de Córdoba respecto a todas las facultades que en materia de recaudación le confiere la legislación vigente a este Ayuntamiento, referidas a las autoliquidaciones, liquidaciones directas y periódicas, de los tributos generados por la prestación de los servicios de abastecimiento de agua potable, tratamiento y depuración de aguas residuales.
2. La delegación de las facultades recaudatorias, comprenderá entre otras, las siguientes funciones: determinar los plazos de cobro en período voluntario, expedir las relaciones certificadas de deudores, dictar la providencia de apremio, liquidar intereses de demora y la tramitación y resolución de los expedientes de crédito incobrables.
Segundo: El ejercicio de las facultades delegadas habrá de ajustarse a los procedimientos, trámites y medidas en general, jurídicas o técnicas fijadas en la legislación vigente, así como a las determinaciones del correspondiente Convenio de delegación.
Tercero: Solicitar de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba la aceptación de la delegación de competencias acordada.
Cuarto: Aprobar la modificación del Convenio existente con la Excma. Diputación Provincial para incluir la delegación de competencias acordada.
Quinto: Facultar al Sr. Alcalde para que en nombre y representación del Ayuntamiento, suscriba el Convenio actualizado.
Córdoba, a 27 de enero de 2015. La Presidenta, Fdo. María Luisa Ceballos Casas.