Boletín nº 31 (16-02-2015)
IX. Anuncios de particulares
Don Pedro Osuna Luque,
Presidente para la Constitución de la Comunidad de Regantes
"El Masegal"
Carcabuey (Córdoba)
Nº. 576/2015
A los efectos de lo que establece el artículo 81 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, que aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, y de acuerdo a lo que dispone el artículo 201.6 del Reglamente de Dominio Público Hidráulico, se hace público:
Primero. Que la Junta General de la Comunidad de Regantes El Masegal, el día 26 de noviembre de 2014, aprobó los Estatutos por los cuales se regirá la Comunidad de Regantes.
Segundo. Que se exponen al público, durante el plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este anuncio, en la Secretaría de la Asociación de Regantes de Carcabuey los mencionados Estatutos.
En Carcabuey, a 21 de enero de 2015. El Presidente de la CR El Masegal, Fdo. Pedro Osuna Luque.