Boletín nº 32 (17-02-2015)
III. Administración General del Estado
Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir
Sevilla
Nº. 587/2015
Se ha presentado en este Organismo la siguiente petición de modificación de características de aprovechamiento de aguas públicas:
Anuncio de Competencia de Proyectos
Número Expediente: M-9507/2005-CYG.
Peticionarios: Refresco Iberia, SL.
Uso: Doméstico, Industrial
Volumen anual (m³/año): 565.360.
Caudal concesional (L/s): 17,93.
Procedencia del agua: Agua subterránea.
Datos captación:
Nº |
Término |
Prov. |
Procedencia agua |
M.A.S. |
X (UTM ETRS89) |
Y (UTM ETRS89) |
1 |
Alcolea |
Córdoba |
Masa de agua Subterránea |
05.46 Aluvial del Guadalquivir Curso Medio |
354.318 |
4.199.731 |
2 |
Alcolea |
Córdoba |
Masa de agua Subterránea |
05.46 Aluvial del Guadalquivir Curso Medio |
354.379 |
4.199.615 |
3 |
Alcolea |
Córdoba |
Masa de agua Subterránea |
05.46 Aluvial del Guadalquivir Curso Medio |
354.369 |
4.199.363 |
4 |
Alcolea |
Córdoba |
Masa de agua Subterránea |
05.46 Aluvial del Guadalquivir Curso Medio |
354.392 |
4.199.574 |
Modificaciones solicitadas: Se solicita cambio de titularidad de Refresco de Andalucía, SA a Refresco Iberia, SL, añadir las captaciones número 3 y 4 anteriormente recogidas, y aumentar el volumen concesional de 315.360 m³ a 565.360 m³.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, se abre un plazo de un mes a contar desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Durante este plazo, el peticionario presentará su petición concreta y documento técnico correspondiente, admitiéndose también otras peticiones que tengan el mismo objeto o sean incompatibles con aquella, en las condiciones y con la documentación prevista con carácter general y para los supuestos que se establecen en el artículo 106 del citado Reglamento.
Se denegará la tramitación posterior de toda petición presentada que suponga una utilización de caudal superior al doble del que figure en la petición inicial sin perjuicio de que el peticionario que pretenda solicitar un caudal superior al límite fijado pueda acogerse a la tramitación indicada en el apartado 3 del artículo 105 antes citado.
Se informa que la presente convocatoria constituye un trámite dirigido a salvaguardar el principio de concurrencia en la tramitación del procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 93.2 RDPH, y no presupone la existencia de decisión alguna de este Organismo favorable al otorgamiento de la concesión, lo que sólo podrá producirse, en su caso, en la resolución que ponga fin al procedimiento.
A tenor de los artículos 106 y 107 del mismo Reglamento, el Proyecto o Anteproyecto correspondiente se presentará por cuadruplicado, debidamente precintado y suscrito por Técnico competente, en cualquier oficina de este Organismo por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se procederá a su desprecintado a las doce horas del séptimo día hábil siguiente al de terminación del plazo de presentación de peticiones, en la sede de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, sita en Plaza de España, Sector II. 41071 Sevilla, a cuyo acto podrán asistir los interesados.
En Sevilla, 9 de enero de 2015. El Comisario de Aguas, Fdo. Rafael Álvarez Jiménez.