Boletín nº 41 (02-03-2015)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 1.450/2015
Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 136/2014. Negociado: A
Sobre: Despido
De: Benito Sánchez Coronado, Antonio Garrido Mejias y Manuela Cantero Díaz
Contra: Recubrimientos del Sur 2012 SL y Fogasa
D. JUAN CARLOS SANJURJO ROMERO, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos de ejecución número 136/2014 de ese Juzgado, a instancia de la parte actora don Benito Sánchez Coronado, don Antonio Garrido Mejias y doña Manuela Cantero Díaz contra Recubrimientos del Sur 2012 SL se ha dictado Auto despachando ejecución de 27-6-14, Decreto de medidas de la misma fecha y Providencia de 22-1-15 convocando a las partes a comparecencia, del tenor que sigue:
"Auto
En Córdoba, a veintisiete de junio de dos mil catorce.
...///... Parte Dispositiva
S.Sª. Ilma. Dijo: Se despacha,
ejecución general de la resolución dictada en autos
por la cantidad de 90.308,90 euros de principal
más 18.061,78 calculadas para intereses costas y
gastos a instancias de Antonio Garrido Mejias, Manuela Cantero
Díaz y Benito Sánchez Coronado contra Recubrimientos
del Sur 2012 SL.
Notifíquese la presente resolución a las
partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe
recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a
oponerse a lo resuelto en la forma y plazo previsto en la
L.E.C.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y
firma la Iltma. Sra. Dña. Mª Guadalupe
Domínguez Dueñas, Magistrado-Juez del Juzgado de lo
Social número 4 de Córdoba. Doy fe. La
Magistrado-Juez.
DECRETO de la Secretaria del Juzgado de lo Social
número cuatro de Córdoba, Don Juan Carlos Sanjurjo
Romero.
En córdoba a 27 de junio 2014.
...///... Parte Dispositiva
Acuerdo: Procédase sin previo
requerimiento de pago al embargo de bienes de la propiedad del
ejecutado en cantidad suficiente para cubrir con sus valores
el importe de 90.308,90 importe del principal, más la
cantidad de 18.061,78 calculadas para intereses, costas y
gastos.
Requiérase a las partes para que en el plazo
de diez días señale bienes, derechos o acciones
propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de
embargo sin perjuicio de lo cual consúltense las
aplicaciones informáticas para la averiguación
patrimonial del ejecutado, a las que se tiene acceso a
través del Punto Neutro Judicial.
Se acuerda el embargo de los posibles saldos que existan
en las cuentas corrientes abiertas a su favor, a través
del punto Neutro Judicial.
Líbrese exhorto al Juzgado de Igual clase de los de
Montoro sirviendo la presente resolución de
mandamiento en forma al Agente Judicial de dicho Juzgado, para
que, asistido de Secretario o funcionario habilitado para
ello, se lleven a efecto las diligencias acordadas, así
como para solicitar el auxilio de la fuerza pública, si
fuese necesario.
Líbrese oficio al Registro de la Propiedad de
Montoro a fin de que comunique a este Juzgado si la
empresa ejecutada Recubrimientos del Sur SL. con CIF
B14.320.006 domicilio en Montoro Autovia Madrid-
Cádiz Km. 360 2. figura como titular de bienes, inmuebles
o derechos reales sobre los mismos, inscritos en ese Registro
con expresión de cargas y gravámenes en su caso.
Notifíquese la presente resolución a las
partes, de conformidad con lo previsto en
el artículo 553 de la L.E.C., advirtiéndoles
que contra la misma cabe interponer Recurso de
Revisión, de conformidad con lo previsto en el
artículo 551.5 del citado texto legal.
Por este mi Decreto lo pronuncio mando y firmo. El
Secretario.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN del Secretario Judicial
Sr. D. Juan Carlos Sanjurjo Romero.
En Córdoba, a veintidós de enero de dos mil quince.
Únanse a los autos los escritos presentados por el Letrado Don Pedro Ángel Lora Romero, en nombre de don Benito Sanchez Coronado, don Antonio Garrido Mejias y doña Manuela Cantero Díaz, instando incoación de incidente de no readmisión frente al empresario Recubrimientos del Sur 2012 SL, y de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto en el artículo 280 de la L.R.J.L. Acuerdo:
Citar de comparecencia a las partes con las advertencias legales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, y fijo el próximo día 9 de Marzo de 2015 a las 11,30 horas para la celebración de la comparecencia, con la advertencia que de no asistir el trabajador o persona que le represente se le tendrá por desistido en su solicitud, y si no lo hiciere el empresario Recubrimientos del Sur 2012 SL, o su representante se celebrará el acto sin su presencia.
Modo de Impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. El Secretario Judicial."
Y para que sirva de notificación y citación en forma al demandado Recubrimientos del Sur 2012 SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 26 de febrero de 2015. El Secretario Judicial, firma ilegible.