Boletín nº 42 (03-03-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera
Nº. 1.124/2015
Por Resolución de esta Alcaldía-Presidencia de fecha 10 de febrero de 2015, se ha resuelto lo siguiente:
Decreto 137/2015
Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme al artículo 21.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Razones de oportunidad y como medida instada por los interesados, aconsejan esta delegación especial para el matrimonio civil a celebrar en el salón de sesiones de la Casa Consistorial de esta ciudad, el día 28 de febrero de 2015, a las 18´00 horas.
Por consiguiente, vistos, entre otros, los artículos 21.3 de la LRBRL; 43.3 y ss., del RD 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de conformidad con lo dispuesto en la directriz segunda de la Instrucción de 26 de enero de 1995 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes, por la presente he resuelto:
1. Delegar en la Sra. Concejala de este Ayuntamiento, doña María José Bogas Muela el ejercicio de las atribuciones de oficiante del matrimonio civil para el día 28 de febrero de 2015, a las 18´00 horas.
2. Notifíquese esta Resolución a la interesada y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Aguilar de la Frontera, a 10 de febrero de 2015. El Alcalde, Fdo. Francisco Juan Martín Romero.