Boletín nº 42 (03-03-2015)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de Instrucción Numero 1
Córdoba

Nº. 1.129/2015

Juzgado de Instrucción Número 1 de Córdoba

Procedimiento: J. Faltas 145/2014. Negociado: L

De: Antonio Gutiérrez Roldán, José Ignacio Arroyo Gómez y Jacobo Maestre Plaza

Letrados: Gabriel Campos Prieto y Marta Teresa Arjona Campos

Contra: Juan José Alcázar Rodríguez

 

DON JORGE PÉREZ REINA, SECRETARIO DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE CÓRDOBA, DOY FE Y TESTIMONIO:

Que en el Juicio de Faltas número 145/2014, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

"En Córdoba, a 27 de octubre de 2014, la Ilma. Sra. Magistrada-Juez, Dª Mª Teresa García Rollán, titular del Juzgado de Instrucción número 1 de este Partido, después de presidir el Juicio Oral celebrado, en nombre de S.M. El Rey, pronuncia la siguiente:

Sentencia Número 336/2014

En este Juzgado se han tramitado autos de Juicio de Faltas número 145/14, seguido por falta de lesiones imprudentes contra Juan José Alcázar Rodríguez, como autor, Juan José Alcázar Bermúdez, como responsable civil subsidiario y Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros como responsable civil directo.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a Juan José Alcázar Rodríguez, como autor, Juan José Alcázar Bermúdez, como responsable civil subsidiario y Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros como responsable civil directo, de las faltas por las que se ha seguido este Juicio, declarando de oficio las costas causadas en esta instancia.

Líbrese certificación de esta Sentencia para unirla a los autos de su razón, y notifíquese a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer, en el plazo de cinco días, Recurso de Apelación en este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Córdoba.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: Dada, leída y publicada ha sido la anterior Sentencia por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez que la ha dictado, estando celebrando audiencia pública, de lo que yo, el Secretario, doy fe.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a José Ignacio Arroyo Gómez, y su publicación en el Boletín Oficial de de la Provincia de Córdoba, expido la presente en Córdoba, a 6 de febrero de 2015. El Secretario, firma ilegible.

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