Boletín nº 44 (05-03-2015)
IV. Junta de Andalucia
Consejería de
Economía, Innovación, Ciencia y Empleo
Delegación Territorial en Córdoba
Nº. 1.142/2015
Convenio o Acuerdo: Peninsular del Latón SA
Expediente: 14/01/0029/2015
Fecha: 09/02/2015
Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación
Destinatario: Pedro Pablo Pastor Velázquez
Código: 14001612011995
Visto el texto de los Acuerdos adoptados el día 28 de enero de 2015, por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de la Empresa Peninsular del Latón SA, por los que, entre otros, se aprueban las tablas salariales definitivas para 2014, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo, el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
Acuerda
Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo.
Segundo. Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
El Delegado Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Córdoba, José Ignacio Expósito Prats.
ACTA SOBRE REVISIÓN SALARIAL PARA EL AÑO 2014
Siendo las 12,30 horas del día 28 de enero de 2015 se reúnen, de una parte, los Representantes de los Trabajadores de Peninsular del Latón, SA, don Antonio Rafael Lopera Ordóñez y don Juan Antonio Díaz Serrano, Presidente y Secretario, respectivamente, del Comité de Empresa y de otra, en representación de la Dirección de la Empresa, don Víctor Castellano Roldán, con el objeto de debatir y, en su caso, adoptar los acuerdos pertinentes, en relación con el Punto Único del Orden del Día: Revisión salarial a que haya lugar para dar cumplimiento el artículo 32 del vigente Convenio Colectivo, en lo relativo al año 2014.
La Dirección de la Empresa da a conocer el índice de productividad finalmente obtenido en 2014, que fue de 313,82 Kgs/hora/hombre. Esta cifra se obtiene de la división de 20.170.680 de kgs de barra producida, una vez descontados 31.780 Kgs devueltos por mala calidad, entre 64.275,5 horas de mano de obra directa empleadas en su fabricación.
Tras el análisis de estos datos, ambas partes acuerdan otorgarle plena validez y proceden a estimar las repercusiones salariales que los mismos han de tener para la regularización salarial del año 2014.
1. En el Apartado de Incremento Salarial:
A) Dando cumplimiento al artículo 32 del Convenio Colectivo para el año 2014, párrafo 1.1., debe producirse un incremento salarial respecto a 2013, del 0,5%.
B) Del mismo modo, dando cumplimiento a ese mismo artículo, en su párrafo 1.2., y como consecuencia de una productividad de 313,82 Kgs/hora/hombre no a lugar una regularización salarial al quedar por debajo del recorrido posible (a partir del logro alcanzado de productividad más alto de los dos años anteriores, es decir 326,95 más 15 puntos de recorrido).
2. En Materia de Forma de Reparto:
A) Dando cumplimiento al artículo 32 del Convenio Colectivo para el año 2014, en su párrafo 1.1. el incremento salarial del 0,5 % afectará a todos los conceptos salariales de la nómina, a excepción del denominado Punto 7, que tiene su propia regulación y las primas de producción.
3. En el Apartado de Momento de la Liquidación:
Dando cumplimiento al artículo 32 del Convenio Colectivo para el año 2014 y con efectos retroactivos al 1º de enero de 2014, una vez conocido el dato de la productividad de la mano de obra directa procede ahora el abono del 0,5 % como consecuencia del incremento salarial final para 2014.
Las partes dan por buenas las estimaciones y cálculos realizados, cuya expresión numérica se anexa a este acta como parte integrante de la misma y firman la presente, en prueba plena de conformidad.
Se acuerda asimismo por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo, que el Subdirector General don Pedro Pablo Pastor Velázquez, con DNI 50.153.532-P sea el encargado de registrar el acuerdo y las nuevas tablas salariales.
Y sin más asuntos que tratar dan por finalizada la reunión, cuando son las 15 horas del día y la fecha arriba indicados.
Por la Representación de los Trabajadores, firmas ilegibles. Por la Representación de la Empresa, firma ilegible.