Boletín nº 44 (05-03-2015)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 1.151/2015
Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba
Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 145/2014 Negociado: V
Sobre: Incapacidad Permanente
De: Rafael Muñoz Arjona
Contra: MC Mutual, TGSS, INSS, FOGASA y Fuente de la Rosa CB
DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 145/2014, a instancia de la parte actora Rafael Muñoz Arjona contra MC MUTUAL, TGSS, INSS, Fogasa y Fuente de La Rosa CB, sobre Seguridad Social, en materia prestacional se ha dictado Sentencia de fecha 29 de enero de 2015 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
"Que desestimando la demanda sobre reconocimiento de derecho en materia de Seguridad Social interpuesta por don Rafael Muñoz Arjona contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Mutua MC Mutual y la mercantil Fuente de la Rosa CB, debo absolver y absuelvo a éstos de todas las pretensiones formuladas en su contra, confirmando la resolución recurrida de 16/12/13 y posterior confirmatoria ante la reclamación previa.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, debiendo anunciarlo en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia.
En la interposición del recurso, y salvo causa de exención legal en los términos interpretados por el acuerdo del Pleno no jurisdiccional de la Sala Cuarta del TS de 5/6/13, deberá aportar justificante de ingreso de la tasa judicial conforme al modelo 696 de autoliquidación, en términos de lo previsto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, RDL 3/13 que la modifica y Orden HAP/490/2013, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden HAP/2662/2012.
Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a la causa de la que dimana, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo, don Antonio Jesús Rodríguez Castilla, Magistrado del Juzgado de lo Social Número Tres de esta ciudad y su provincia.
Y para que sirva de notificación a la demandada Fuente de La Rosa CB, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 5 de febrero de 2015. La Secretaria Judicial, firma ilegible.