Boletín nº 46 (09-03-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Puente Genil

Nº. 1.268/2015

De conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por medio del presente anuncio, que habrá de ser expuesto en la página Web y Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de la Villa de Puente Genil, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, se efectúa la notificación que a continuación se transcribe, a los herederos de don Manuel Jiménez Moreno, al no conocer el domicilio de éstos.

Texto de la notificación: Por la Sra. Concejala Delegada de Infraestructuras y Servicios Básicos (Decreto de Delegación de 22/06/2011) se ha dictado con fecha 12/02/15 la siguiente:

Providencia: Conocido el contenido del escrito presentado por doña Consuelo Mendoza Rivas, con entrada en el Ayuntamiento el día 14 de octubre de 2014, número 7.901 de registro, relacionado con el estado en que se encuentra el solar sito en calle Tintor, número 42, de esta localidad.

Visto el informe emitido por la Técnico de Medio Ambiente de la Empresa de Servicios y Gestión Medioambiental de Puente Genil SA (EGEMASA), de 14/11/2014, que es del siguiente tenor:

Antecedentes: El presente informe se emite a requerimiento del Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Puente Genil, según oficio recibido con fecha 3/11/14, tras escrito de particular de fecha 14/10/14, en relación a las condiciones de salubridad en que se encuentra el solar sito en calle Tintor número 42 al objeto de la tramitación de expediente de orden de ejecución de cara al restablecimiento de las debidas condiciones de salubridad y ornato conforme a lo establecido en la normativa urbanística vigente y en la Ordenanza reguladora de la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos y de la Limpieza Pública de Puente Genil.

Identificación: Localización: Calle Tintor número 42.

Referencia Catastral: 3095248UG4339N0001XP.

Calificación suelo: Suelo urbano según el PGOU de Puente Genil.

Descripción de las condiciones en que se encuentra actualmente la parcela:

En visita de inspección efectuada por esta técnico con fecha 4/11/14, se comprueban los siguientes aspectos:

1. Se trata de una parcela sin edificar cerrada a la vía pública mediante pared de ladrillo de altura superior a los 2,5 m. Posee puerta de acceso por la calle Tintor que no permite el paso de vehículos.

2. La parcela posee una superficie de 147 m² (según datos obtenidos de la Sede Electrónica de Catastro), siendo la longitud de su fachada a vía pública de aproximadamente 4 m.

3. Se observa que en el interior del solar existe gran cantidad de maleza, compuesta por forraje, arbustos, cañas y una higuera de considerables dimensiones que ocupa gran parte del solar y toca las paredes de los dos inmuebles colindantes. Esta vegetación y otros restos convierten a esta parcela en lugar propicio para el anidamiento, proliferación y dispersión de artrópodos y roedores, al tiempo que ocasionan un peligro de incendio para el vecindario.

4. Desde la vía pública se observa gran cantidad vegetación arbustiva formada por uno o varios ejemplares de Nicotiana glauca muy desarrollados que sobresalen por la tapia y alcanzan totalmente los cables del suministro eléctrico y telefónico, por lo que en caso de incendio serían muchas las personas directa y indirectamente afectadas.

Conclusiones: Se puede afirmar que el solar en cuestión se encuentra en un estado de abandono que podría afectar a la salubridad, seguridad y ornato del vecindario. Así, para evitar riesgos a personas y restablecer las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, señaladas en el artículo 155.1 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía y en el artículo 42 de la Ordenanza General reguladora de la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos y de la Limpieza Pública de Puente Genil, y de acuerdo con el deber de conservación que tienen los propietarios, se estima que es necesario que se acometan en breve plazo los siguientes trabajos:

a) Limpieza de la parcela mediante el desbroce de la vegetación y retirada de los restos a y las posibles basuras y escombros que pudieran aparecer bajo el forraje y traslado de los restos a un vertedero controlado o gestor autorizado.

b) Talado de la higuera y traslado de los restos a un vertedero autorizado.

c) La eliminación de los forrajes y otros restos en ningún caso podrá ejecutarse mediante la realización de quemas, si se podrá hacer uso de medios mecánicos y/o manuales.

d) Diagnosis y en su caso desratización por empresa autorizada.

El presupuesto estimado inicialmente para la realización de tales trabajos es de 2.900 € (incluidos IVA y costes de gestión de residuos).

El plazo adecuado para la ejecución de los trabajos es de diez días, y su duración de cinco.

Lo que se informa a los efectos oportunos de conformidad con las competencias delegadas por el Ayuntamiento de Puente Genil a Egemasa en materia de gestión ambiental.

Visto asimismo el informe emitido por el Sr. Arquitecto Municipal, de fecha 28/01/15, en relación a las condiciones de seguridad del reiterado solar, en el que indica que se encuentra sin edificar, cercado y con abundante maleza en su interior, concluyendo que no es necesario, en principio, la ejecución de obras, si bien una vez efectuada su limpieza procedería girar visita al mismo para evaluar la ejecución de obras para encauzar las aguas de lluvia al interior del saneamiento.

El inmueble en cuestión es propiedad de los herederos de don Manuel Jiménez Moreno.

En aplicación del artículo 155 y siguientes de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, a cuya virtud los propietarios de terrenos, construcciones y edificios tiene el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, realizando los trabajos y obras precisos para conservarlos o rehabilitarlos, póngase de manifiesto el expediente a los indicados propietarios, con traslado de los informes de referencia, para que puedan ser examinados por éstos, concediéndole un plazo de diez días, a contar desde el siguiente al recibo de la notificación de la presente providencia, para que aleguen por escrito cuanto estimen conveniente en defensa de su derecho.

La anterior notificación se hace pública mediante el presente anuncio en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Puente Genil, a 13 de febrero de 2015. Firmado electrónicamente por la Secretaria General, María Carmen López Prieto.

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