Boletín nº 48 (11-03-2015)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 1.383/2015

Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba

Procedimiento: Despido

Ejecución Número 15/2015. Negociado: A

De: Antonio Gómez Canales

Contra: Canalizaciones y Viales Andaluces SL, Acsur SA y Mantenimientos Urbanos Profesionales SL

 

DON JUAN CARLOS SANJURJO ROMERO, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 15/2015, se ha dictado Auto despachando ejecución de fecha 17-2-15, y Decreto de medidas de la misma fecha del tenor literal siguiente:

"Auto

En Córdoba, a diecisiete de febrero de dos mil quince.

...///... Parte Dispositiva

S.Sª. Ilma. Dijo: Procédase a la ejecución de la Sentencia número 298/14 dictada en los autos 1079/13 en fecha 27-6-14, por la suma de 31.692,37 euros de principal, más otros 6.338,00 euros provisionalmente calculados para intereses y costas, y habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma la Ilma. Sra. doña Mª Rosario Flores Arias, Magistrada del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba. Doy fe. La Magistrada-Juez. El Secretario.

Decreto

Secretario Don Juan Carlos Sanjurjo Romero.

En Córdoba, a diecisiete de febrero de dos mil quince.

...///... Parte Dispositiva

Acuerdo: Procédase sin previo requerimiento de pago al embargo de bienes de la propiedad de las entidades ejecutadas Canalizaciones y Viales Andaluces SL, Actividades y Cauces del Sur SA (Acsur SA) y Mantenimientos Urbanos Profesionales SL en cantidad suficiente para cubrir el importe de 31.692,37 euros de principal, más otros 6.338,00 euros provisionalmente calculados para intereses y costas.

Habiendo sido declaradas las ejecutadas en insolvencia provisional, dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 553 de la LEC, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer Recurso de Revisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 551.5 del citado texto legal.

Por este mi Decreto lo pronuncio mando y firmo. El Secretario".

Y para que sirva de notificación a las demandadas Canalizaciones y Viales Andaluces SL, Actividades y Cauces del Sur SA (Acsur SA) y Mantenimientos Urbanos Profesionales SL, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 17 de febrero de 2015. El Secretario Judicial, firma ilegible.

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