Boletín nº 50 (13-03-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 1.841/2015

Levantamiento de la suspensión del procedimiento selectivo convocado en este Ayuntamiento para la provisión, en propiedad, de cuatro plazas de Policía Local. Estimación del recurso de alzada interpuesto por don Gabriel Dodero Sánchez de la Campa.

Con fecha 25 de febrero de 2015 dicté resolución que, en su parte dispositiva, establece literalmente:

<< Vengo en Disponer

Primero. Levantar la suspensión del procedimiento selectivo convocado en este Ayuntamiento para la provisión, en propiedad, de cuatro plazas de Policía Local, por el sistema de oposición libre, vacantes en la plantilla de personal funcionario de carrera al servicio de esta Administración y resultantes de la Oferta de Empleo Público del ejercicio de 2010.

Segundo. Estimar el recurso de alzada interpuesto por don Gabriel Dodero Sánchez de la Campa respecto del acuerdo adoptado con fecha 5 de diciembre de 2015 por el Tribunal Calificador del procedimiento selectivo de referencia que desestimó su reclamación referida a la corrección de la pregunta número 9 del examen tipo test de la prueba de conocimientos, en el sentido de anular la pregunta identificada con el número 9 del examen tipo test de la prueba de conocimientos.

Tercero. Dar traslado al Tribunal Calificador de la presente resolución a efectos de que proceda a efectuar una nueva calificación, en sustitución de la anterior, tras la anulación de la pregunta número 9 del examen tipo test de la prueba de conocimientos y, en consecuencia, efectúe los correspondientes actos que deriven de la nueva calificación resultante.

Cuarto. Disponer la conservación de los actos y trámites cuyo contenido no se viera afectado por la estimación del recurso interpuesto.

Quinto. Ordenar la publicación de anuncio de la parte dispositiva de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, Tablón de Edictos de este Ayuntamiento y sede electrónica del mismo, así como notificar la misma al recurrente.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo que territorialmente correspondan en función de las reglas contenidas en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer.>>

Lo que hago público a los efectos previstos en dicha resolución.

Lucena, a 26 de febrero de 2015. El Alcalde, Fdo. Juan Pérez Guerrero.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad