Boletín nº 61 (30-03-2015)
VIII. Otras Entidades
Consorcio de
Transporte Metropolitano
Área de Córdoba
Nº. 1.951/2015
Don Juan A. Delgado Barajas, Director Gerente del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba, hago saber:
Con fecha 10 de marzo de 2015 ha sido dictada Resolución por el Director Gerente del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba, cuyo tenor literal es transcrito a continuación:
RESOLUCIÓN NÚMERO 86/2015 de 10 de marzo de 2015.
AUTORIDAD: Director Gerente.
ASUNTO: Delegación de firma de la Secretaría-Intervención del Consorcio relativa a compulsa de documentos.
Vista la conveniencia de delegar la firma de la Secretaría-Intervención del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba en actos de mero trámite como son las compulsas de documentos, los cuales pueden ser comprobados directamente por el personal encargado de su tramitación, evitando con ello dilaciones indebidas en la cumplimentación de dichos trámites y en aras de una mayor eficacia administrativa.
Atendido lo anterior y en uso de las facultades atribuidas por el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, he tenido a bien dictar la siguiente Resolución:
Primero. Autorizar la delegación de firma de la Secretaría-Intervención en doña Carmen Moreno Vázquez, Auxiliar Administrativo del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba para la compulsa y cotejo de documentos.
Segundo. La delegación autorizada en el apartado anterior se mantendrá vigente en tanto no sea revocada mediante la asunción de tales competencias por el titular, sin perjuicio de la posible avocación de la misma cuando circunstancias de índole técnica o jurídica lo exijan.
Tercero. La delegación de firma para compulsa y cotejo de documentos se ejercerá de conformidad con los siguientes criterios:
1. Sólo se compulsarán los documentos que se presenten por los interesados en el Registro de Entrada del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Córdoba para su recepción y tramitación ante el propio Consorcio.
2. Sólo se compulsarán los documentos cuyos originarles obren en dependencias del Consorcio y documentos que hayan sido emitidos por el mismo.
3. Los cotejos de copias con los originales deberán realizarse siempre que no exista duda sobre su correspondencia exacta con el original, no tengan tachaduras, anotaciones o se dude de la autenticidad del original.
4. La compulsa se formalizará diligenciando la misma mediante estampación de un sello que deberá contener los siguientes datos:
-Fecha, firma e identificación de la persona que compulsa.
-Indicación de que se hace por delegación.
Cuarto. Notificar a la interesada la presente Resolución debiéndose hacer entrega del correspondiente sello de compulsa para su utilización y custodia.
Quinto. La delegación de firma para compulsa y cotejo de documentos deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Córdoba, 10 de marzo de 2015. El Director Gerente, Fdo. Juan A. Delgado Barajas.