Boletín nº 62 (31-03-2015)
VI. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 2.255/2015
El Pleno de esta Excma. Diputación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el pasado día 19 de marzo de 2015, adoptó, entre otros, en votación ordinaria y por unanimidad, el siguiente acuerdo:
8. APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS MODIFICACIONES DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA 2015.
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Primero. Aprobar, con efectos de 1 de abril de 2015, la creación y/o modificación de los puestos de trabajo con sus características esenciales, requisitos y formas de provisión que se especifican, así como las restantes modificaciones en la Relación de Puestos de Trabajo de la Diputación Provincial que se contienen en el Anexo que obra en el expediente.
Segundo. Dejar sin efecto a partir del 1 de julio de 2015 el programa de productividad aprobado por acuerdo plenario de 16 de marzo de 2005.
Tercero. Las modificaciones previstas para los puestos 43 (Subalterno Ordenanza de Presidencia) y 142 (Jefatura Grupo Subalternos) entrarán en vigor el 1 de julio de 2015 como consecuencia de lo previsto en el ordinal anterior.
Igualmente en dicha fecha entrarán en vigor, una vez ultimados los procesos de provisión actualmente en tramite, las modificaciones previstas para los puestos 116 (jefatura de grupo casa palacio) y 621 (Oficial mecánico conductor especial dedicación).
Cuarto. Ordenar la publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de la Relación de Puestos de trabajo con las modificaciones aprobadas. (Se acompaña como Anexo al presente acuerdo).
Quinto. Dar traslado del presente Acuerdo a los órganos competentes en materia de Régimen Local tanto de la Administración General del Estado como de la Comunidad Autónoma de Andalucía a los efectos prevenidos en los artículos 127 y 129 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen local así como ordenar su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia.
Contra el anterior acuerdo, que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer:
a) Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, según lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, reformado por la D.A. 14ª de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al que reciba la presente notificación, tal y como establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, antes citada.
b) Cualquier otro recurso que Vd. estime conveniente en defensa de sus intereses.
Lo que se publica para general conocimiento.
Córdoba, 27 de marzo de 2015. La Presidenta. P.D. Firmado electrónicamente por la Diputada Delegada de RR.HH. y Cooperación al Desarrollo, Pilar Gracia Jiménez.