Boletín nº 101 (28-05-2015)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 3.511/2015

JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 4 DE CÓRDOBA

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 136/2014 

Sobre: Despido

De: Don Benito Sánchez Coronado, don Antonio Garrido Mejias y doña Manuela Cantero Díaz

Contra: Recubrimientos del Sur 2012 SL y Fogasa

 

DON JUAN CARLOS SANJURJO ROMERO, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos de ejecución número 136/2014 seguida entre las partes indicadas, se ha dictado Auto despachando ejecución el 13-5-15 y Decreto de medidas de la misma fecha, cuya parte dispositiva es como sigue:

"Auto

En Córdoba, a trece de Mayo de dos mil quince.
        ...///... Parte Dispositiva. S.Sª. Iltma. Dijo: Procédase a la ejecución del auto dictado el 11-3-15 por la suma de 171.612,16 Euros en concepto de principal, por los siguientes conceptos:
- 33.533,28 Euros en concepto de indemnización, más otros 27.594,00 Euros por salarios de trámite, en favor de don Antonio Garrido Megías,
- 23.003,68 Euros en concepto de indemnización, más otros 22.344,00 Euros por salarios de trámite, en favor de don Benito Sánchez Coronado, y
- 37.543,20 Euros en concepto de indemnización, más otros 27.594,00 Euros por salarios de trámite en favor de Doña Manuela Cantero Díaz, más la suma de 34.322 Euros que se presupuestan provisionalmente para intereses, costas y gastos de la ejecución, y habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma la Iltma. Sra. Doña Mª Rosario Flores Arias, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba. Doy fe. La  Magistrada-Juez. El Secretario.

Decreto

SECRETARIO D. JUAN CARLOS SANJURJO ROMERO. 
En córdoba a trece de Mayo de dos mil quince. 
&///& Parte Dispositiva. Acuerdo: Procédase sin previo requerimiento de pago al embargo de bienes de la propiedad de la entidad ejecutada Recubrimientos del Sur 2012 SL en cantidad suficiente para cubrir el importe de 171.612,16 Euros en concepto de principal, que se desglosa en:
- 33.533,28 Euros en concepto de indemnización, más otros 27.594,00 Euros por salarios de trámite, en favor de don Antonio Garrido Megías,
- 23.003,68 Euros en concepto de indemnización, más otros 22.344,00 Euros por salarios de trámite, en favor de don Benito Sánchez Coronado, y
- 37.543,20 Euros en concepto de indemnización, más otros 27.594,00 Euros por salarios de trámite en favor de Doña Manuela Cantero Díaz,  más la suma de 34.322 Euros que se presupuestan provisionalmente para intereses, costas y gastos de la ejecución.

Habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional mediante Decreto dictado el pasado 6 de Abril de 2015 en la Ejecución 275/14 del Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba, dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 553 de la LEC, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer Recurso de Revisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 551.5 del citado texto legal. 
Por este mi Decreto lo pronuncio mando y firmo. El Secretario".

Y para que sirva de notificación al demandado Recubrimientos del Sur 2012 SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 13 de mayo de 2015. El Secretario Judicial, firma ilegible.

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