Boletín nº 101 (28-05-2015)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 3.516/2015
Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba
Procedimiento: 1411/13
Ejecución de títulos judiciales 144/2014
De: Don Alfonso Pareja Pinos
Contra: Instalaciones y Aplicaciones Energéticas SL
DON JUAN CARLOS SANJURJO ROMERO, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CORDOBA. HACE SABER:
Que en la Ejecución número 144/2014 de este Juzgado, constan los particulares que siguen:
"Auto. En Córdoba, a 1 de septiembre de dos mil catorce. Dada cuenta y...///...
Parte Dispositiva
S.Sª. Ilma. Dijo: Se despacha, ejecución general de la resolución dictada en autos contra Instalaciones y aplicaciones Energéticas SL por la suma de 6.615,93 euros en concepto de principal, más la de 1.323,18 euros calculadas para intereses y gastos.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo previsto en la LEC.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma la Ilma. Sra. Doña María Guadalupe Domínguez Dueñas, Magistrado-Juez sustituta del Juzgado de Lo Social Numero 4 de Córdoba. Doy fe. La Magistrado-Juez. El Secretario.
DECRETO del Secretario del Juzgado de lo Social Número Cuatro de Córdoba, Don Juan Carlos Sanjurjo Romero.
En Córdoba a 1 de septiembre 2014.
&///& Parte Dispositiva
Acuerdo: Procédase sin previo requerimiento de pago al embargo de bienes de la propiedad del ejecutado en cantidad suficiente para cubrir con sus valores el importe de 6.615,93 euros importe del principal, más la cantidad de 1.323,18 euros calculados para intereses, costas y gastos.
Requiérase a las partes para que en el plazo de diez días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo sin perjuicio de lo cual consúltense las aplicaciones informáticas para la averiguación patrimonial del ejecutado, a las que se tiene acceso a través del Punto Neutro Judicial.
Se acuerda el embargo de los posibles saldos que existan en las cuentas corrientes abiertas a su favor, a través del punto Neutro Judicial.
Procédase al embargo de las retenciones de las devoluciones que por cualquier concepto deba percibir de la Agencia Tributaria, a través del punto Neutro Judicial.
Notifíquese la presente resolución a las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 553 de la LEC, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer Recurso de Revisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 551.5 del citado texto legal.
Por este mi Decreto lo pronuncio mando y firmo. El Secretario".
Y para que sirva de notificación al demandado Instalaciones y Aplicaciones Energéticas SL con CIF B-14.831.671, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 22 de abril de 2015. El Secretario Judicial, firma ilegible.