Boletín nº 101 (28-05-2015)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 3.517/2015
Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba
Procedimiento: 440/13
Ejecución número: 40/2015
De: Doña Aurora Jiménez Hidalgo y doña Antonia Jiménez Hidalgo
Contra: Esabe Limpiezas Integrales SL y Fogasa
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en este Juzgado, se sigue la ejecución número 40/2015, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de doña Aurora Jiménez Hidalgo y doña Antonia Jiménez Hidalgo contra Esabe Limpiezas Integrales SL y Fogasa, en la que con fecha se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:
"Parte Dispositiva
Acuerdo:
Declarar al/a los ejecutado/s Esabe Limpiezas Integrales SL, en situación de insolvencia total por importe de 21.487,51 euros en concepto de principal, más la de 4.297 euros calculados para intereses y gastos, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes
Notifíquese la presente resolución
Modo de Impugnación: Contra la presente resolución cabe Recurso directo de Revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el número de cuenta de este Juzgado número debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social-Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social-Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. El/La Secretario Judicial".
Y para que sirva de notificación en forma a Esabe Limpiezas Integrales SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
Córdoba, a 15 de mayo de 2015. El/La Secretario/a Judicial, firma ilegible.