Boletín nº 120 (25-06-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villanueva del Rey
Nº. 4.236/2015
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local que atribuye al Sr. Alcalde la facultad de delegar el ejercicio de determinadas atribuciones de su competencia y existiendo razones de índole política que hacen conveniente la delegación del ejercicio de las competencias que se citan a continuación.
Vistos entre otros, los artículos 43, 44, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre:
Por el presente HE RESUELTO:
Primero. Delegar en el Concejal don Félix Caballero Gálvez las siguientes atribuciones:
-Delegación de Obras y Mantenimiento.
-Delegación de Agricultura y Ganadería.
-Delegación de Caminos.
-Delegación de Bienestar Social (Ayuda a Domicilio y personas dependientes).
Segundo. Delegar en el Concejal don Andrés Morales Vázquez las siguientes atribuciones:
-Delegación de Educación.
-Delegación de Juventud.
Tercero. Delegar en la Concejala doña Jessica Sillero Muñoz las siguientes atribuciones:
-Delegación de Festejos.
-Delegación de Mayores.
Cuarto. Delegar en la Concejala doña Eva María García Morilla las siguientes atribuciones:
-Delegación de Cultura.
-Delegación de Igualdad (Mujer).
Quinto. Delegar en el Concejal don Pedro Manuel Barba Paz las siguientes atribuciones:
-Delegación de Deportes.
-Delegación de Protección Civil.
Sexto. Asumir el resto de delegaciones.
Séptimo. Las delegaciones comprenderán las facultades de dirección y gestión, pero no las de resolver mediante acto administrativo que afecte a terceros, si bien, Alcaldía-Presidencia deberá resolver definitivamente sobre las materias que se delegan de forma consensuada con el Concejal Delegado del área correspondiente.
Octavo. Las Delegaciones conferidas requerirán para su eficacia, la aceptación por parte del Delegado, entendiéndose aceptada tácitamente si en el plazo de 3 días hábiles desde su notificación no se hace manifestación expresa en su contra.
Noveno. El Concejal Delegado queda obligado a informar a esta Alcaldía de la gestión de las competencias delegadas, en los términos previstos en el artículo 115 del ROF.
Décimo. Dar cuenta de las presente Resolución al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que se celebre.
Undécimo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la misma.
En lo no previsto en esta Resolución regirá lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril y Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen en estas normas.
Y para que así conste lo mando y firmo, en Villanueva del Rey, a 15 de junio 2015. El Alcalde, Fdo. Pedro Barba Paz.