Boletín nº 122 (29-06-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 4.380/2015

Delegaciones del Alcalde y del Pleno

I. Esta Alcaldía, por resolución del día 17 de junio de 2015, ha dispuesto:

1º. Conferir delegación en los Concejales que se citan a continuación, en las áreas y materias que respectivamente se indican:

A) Con carácter genérico, en favor de don José Cantizani Bujalance, miembro de la Junta de Gobierno Local, en materia de Infraestructuras, Obras y Servicios Operativos, Urbanismo y Medio Ambiente, Parques y Jardines, Cementerios, Accesibilidad y Ciclo integral del agua.

Dicha delegación abarca tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluyendo la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en las materias de urbanismo, y espectáculos públicos y actividades recreativas, quedando excluida la facultad de resolver en las demás materias delegadas.

A título meramente enunciativo quedan comprendidas en dicha delegación:

a) El otorgamiento de licencias en materias de urbanismo, espectáculos públicos y actividades recreativas.

b) La incoación y resolución de expedientes sancionadores por infracciones urbanísticas, y de multas coercitivas en esta materia.

c) La adopción de toda clase de medidas de competencia del Alcalde en materia de disciplina urbanística, espectáculos públicos y actividades recreativas, excepto el ejercicio de la potestad sancionadora en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.

B) Asimismo, se delega en el Concejal don José Cantizani Bujalance la representación del Alcalde en los actos en que tenga que intervenir el mismo previstos en la legislación sobre Expropiación Forzosa.

C) Con carácter genérico, en favor de los siguientes miembros de la Junta de Gobierno Local:

-Don Manuel Lara Cantizani, en materia de Turismo y Patrimonio Histórico, Innovación, Promoción Empresarial, Planificación estratégica, Formación y Desarrollo Local, Cultura y Deportes.

-Doña Teresa Alonso Montejo, en materia de Presidencia, Relaciones Institucionales y Protocolo, Personal, Salud y Servicios Sociales.

-Doña María Araceli Bergillos Aguilera, en materia de Economía y Hacienda, Transparencia, Régimen Interior, Comunicación y Redes sociales, Viviendas sociales, Atención Ciudadana y Consumo.

-Doña María del Mar Morales Martínez, en materia de Fiestas y Tradiciones e Igualdad.

D) Delegaciones con carácter especial, en favor de los siguientes Concejales, en las materias que respectivamente se citan:

-Don Lucas Gómez del Espino, en materias de Agricultura, Ganadería, Protocolo integral de salud animal y Desarrollo Rural, y Mercados.

-Doña Encarnación Camacho López, en materias de Educación y Archivo Histórico.

-Don Francisco Jesús Adame Quero, en materias de Movilidad, Tráfico, Seguridad Ciudadana, Protección Civil y Juventud.

2º. Todas las delegaciones citadas en los apartados C) y D), abarcan tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, pero no incluyen la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

3º. Delegar en la Concejala Doña María Araceli Bergillos Aguilera:

a) La incoación y resolución de expedientes sancionadores, incluida la imposición de sanciones y, en general, el ejercicio de la potestad sancionadora atribuida al Alcalde, excepto la incoación y resolución de expedientes sancionadores por infracciones urbanísticas.

b) La representación legal de este Ayuntamiento ante los Juzgados y Tribunales, salvo cuando la misma deba ejercerse mediante Procuradores o Abogados.

4º. Delegar en el Concejal don Francisco Jesús Adame Quero la presidencia del Consejo de Policía Local (Artículo 34 del Reglamento municipal de organización y servicios de la Policía Local).

5º. Delegar en la Concejala doña Encarnación Camacho López la presidencia de la Junta Rectora del Parque Infantil de Tráfico.

6º. Delegar en la Junta de Gobierno Local las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.

7º. La presente resolución surtirá efecto desde el día siguiente al de la fecha de su firma por esta Alcaldía.

8º. Notificar esta resolución a los Concejales delegados, publicarla en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios, y en la Sede electrónica municipal, y dar cuenta de la misma al Pleno y a la Junta de Gobierno Local en la próxima sesión que celebren.

II. Esta Alcaldía, por resolución del día 15 de junio de 2015, ha dispuesto delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes atribuciones:

-El otorgamiento de concesiones para la utilización privativa del dominio público municipal.

-Las autorizaciones para el uso común especial de los bienes de dominio público por plazo superior a cinco días.

-Las contrataciones y concesiones cuyo presupuesto sea igual o superior a 120.202,42 euros.

-La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuya contratación o concesión corresponda a la Junta de Gobierno Local y estén previstos en el Presupuesto.

-La autorización y disposición de gastos en las atribuciones objeto de esta delegación.

III. El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 17 de junio de 2015, bajo el punto número 11 del orden del día, ha acordado delegar en la Junta de Gobierno Local:

-La resolución de expedientes en materia de responsabilidad patrimonial municipal.

-La solicitud de subvenciones a entidades públicas o privadas de cualquier clase.

-Y el establecimiento o modificación de los precios públicos.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Lucena, a 22 de junio de 2015. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.

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