Boletín nº 123 (30-06-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Obejo
Nº. 4.423/2015
Por Resolución de esta Alcaldía- Presidencia de fecha 17 de junio de 2015, se ha resuelto lo siguiente:
Decreto 198/2015
Considerando lo establecido en los artículos 43, 120 y 121 del Real Decreto Legislativo 2568/1986, de 28 de noviembre, esta Alcaldía,
Ha resuelto:
Primero: Nombrar Concejal Delegado del Área de Alcaldía en el núcleo de población de Obejo, al Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento don Juan Eugenio Pedrajas Serrano, incluido Urbanismo en el núcleo de población de Obejo.
Segundo: Nombrar Concejala Delegada del Área de Igualdad y Bienestar Social y Cultura a la Segunda Teniente de Alcalde, doña Francisca Flores Flores.
Dicha Delegación comprende todas aquellas facultades, derechos y deberes referidos a las materias delegadas que corresponden al Alcalde, abarcando la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, con la sola excepción de las que según el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y normas de desarrollo, establece como no delegables.
Tercero: Nombrar Concejala Delegada del Área de Juventud Y Turismo, a la Tercera Teniente de Alcalde, doña Azahara Ruiz García.
Dicha Delegación comprende todas aquellas facultades, derechos y deberes referidos a las materias delegadas que corresponden al Alcalde, abarcando la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, con la sola excepción de las que según el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y normas de desarrollo, establece como no delegables.
Cuarto: Nombrar Concejal Delegado del Área de Deporte y Festejos a don Diego Arellano Peche.
Dicha Delegación comprende todas aquellas facultades, derechos y deberes referidos a las materias delegadas que corresponden al Alcalde, abarcando la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, con la sola excepción de las que según el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y normas de desarrollo, establece como no delegables.
Quinto: De acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, delegar las firmas de esta Alcaldía en caso de ausencia, a: Don Juan Eugenio Pedrajas Serrano en Obejo, a doña Francisca Flores Flores en Cerro Muriano para dirigir correspondencia y Visto Bueno de certificaciones y otros documentos, dentro de las tareas administrativas que se desarrollen en las Oficinas Municipales respectivas.
Sexto: Dar cuenta de este Decreto al Pleno Corporativo en la primera sesión que celebre.
Séptimo: Publicar el presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia y notificar personalmente a los interesados, haciéndoles saber que estas Delegaciones, para su eficacia, deberán ser aceptadas por ellos, entendiéndose aceptada tácitamente si en el plazo de tres días hábiles contados desde la notificación de este Decreto, no hacen manifestación expresa ante esta Alcaldía de que no aceptan la Delegación.
Obejo (Córdoba), 17 de junio de 2015. La Alcaldesa-Presidenta, Fdo. María Dolores López Cano.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Obejo, a 18 de junio de 2015. La Alcaldesa, Fdo. Mª Dolores López Cano.