Boletín nº 123 (30-06-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Carlota

Nº. 4.428/2015

Don Antonio Granados Miranda, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba), hace saber:

Que habiendo tenido lugar la constitución del Ayuntamiento de La Carlota el día 13 de junio de 2015 para el mandato corporativo 2015/2019, surgido como consecuencia de la celebración de Elecciones Municipales el pasado 24 de mayo de 2015, resulta necesario proceder al establecimiento de la nueva organización municipal, por lo que esta Alcaldía ha tenido a bien dictar, con fecha 15 de junio de 2015, Resolución de Alcaldía número 1419-2015, cuyo tenor literal de su parte dispositiva a continuación se transcribe:

«Resolución número 1419/2015

Primero. Conferir delegaciones genéricas a los miembros de la Junta de Gobierno Local, quedando las mismas en los términos que a continuación se indican:

1. Don Francisco J. Martín Torres, Primer Teniente de Alcalde: Delegación de Hacienda, Urbanismo, Infraestructuras, Servicios Urbanos y Medio Ambiente.

2. Doña Carmen Suanes Crespo, Segunda Teniente de Alcalde: Delegación de Gobernación y Empresas de Servicios, Interior y Personal, Desarrollo y Promoción, Turismo, Industria Agroalimentaria, Deportes y Seguridad Ciudadana.

3. Don Alfonso Gálvez Carmona, Tercer Teniente de Alcalde: Delegación de Cultura, Participación Ciudadana, Festejos y Juventud.

4. Doña Raquel María Alors Reifs, Cuarta Teniente de Alcalde: Delegación de Servicios Sociales, Mujer, Igualdad, Inserción Socio-Laboral, Salud, Educación y Formación, Empleo y Consumo.

Segundo. Las delegaciones comprenderán las facultades de dirección y gestión, pero no las de resolver mediante acto administrativo que afecte a terceros. Asimismo, comprenderán las siguientes facultades:

a) La firma de certificaciones que se expidan, con el correspondiente Visto Bueno de los certificados expedidos por la Secretaría e Intervención de la Corporación.

b) La firma de los escritos de salida de toda la documentación dirigida desde el Área delegada a otras Administraciones o Entes, públicos o privados, o a particulares.

c) Delegación de las fases de Autorización y Disposición del Gasto en el ámbito de las materias delegadas.

Tercero. Las delegaciones conferidas requerirán para su eficacia, la aceptación por parte del Delegado, entendiéndose tácitamente aceptadas si en el plazo de tres días hábiles contados desde la notificación del acuerdo, el miembro destinatario de la delegación no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación.

Cuarto. El Concejal delegado queda obligado a informar al Alcalde-Presidente de la gestión de las competencias delegadas en los términos previstos en el artículo 115 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales.

Quinto. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la fecha de la misma.

Sexto. Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno de la Corporación en la siguiente sesión que se celebre para su conocimiento y efectos.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, en La Carlota, a quince de junio de dos mil quince, de lo que yo como Secretaria General, doy fe. El Alcalde, Fdo. Antonio Granados Miranda. La Secretaria General, Fdo. Eva María Perea Morales. Firmado electrónicamente».

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.

La Carlota a 17 de junio de 2015. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Antonio Granados Miranda.

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