Boletín nº 131 (10-07-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Benamejí

Nº. 4.597/2015

En sesión extraordinaria por el Pleno de este Ayuntamiento, celebrada el día 23 de junio de 2015, en relación con el punto del orden del día que se señala a continuación, fue adoptado el acuerdo cuyo contenido literal se relaciona:

SEXTO. APROBACIÓN DE LAS ASISTENCIAS A ÓRGANOS DE CARÁCTER COLEGIADO E INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL SERVICIO DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN.

Primero. Los miembros de la Corporación que no desempeñen cargos en régimen de dedicación exclusiva o parcial percibirán, por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de los que formen parte, las asistencias que se indican continuación:

- Junta de Gobierno Local: 100,00 euros por sesión.

- Junta de Portavoces: 100,00 euros por sesión.

Tercero. Todos los miembros de la Corporación, incluidos los que desempeñen cargos en régimen de dedicación exclusiva, tendrán derecho a recibir indemnizaciones por los gastos ocasionados por el ejercicio del cargo, cuando sean efectivos, y previa justificación documental, según las normas de aplicación general en las Administraciones Públicas y las aprobadas que en este sentido aprueba el Pleno corporativo.

A tal efecto se establece:

A) Clasificación Personal: A los efectos previstos en el RD 462/2002, se establecen las siguientes equivalencias por Grupos:

Grupo I: Alcaldía.

Grupo II: Concejales.

Cuarto: Proceder a la íntegra publicación de los precedentes acuerdos en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios Municipal.

Lo que se hace público para general conocimiento en Benamejí, a 25 de junio de 2015. La Alcaldesa-Presidenta, Fdo Carmen Lara Estepa.

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