Boletín nº 133 (13-07-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Baena

Nº. 4.841/2015

A

DECRETO. Constituida la nueva Corporación Municipal el pasado día 13 de junio y con el fin de facilitar las tareas del Equipo de Gobierno, esta Alcaldía, en uso de las facultades que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 26 de noviembre:

Resuelve:

A. NOMBRAMIENTOS DE TENIENTES DE ALCALDE

Se nombra Primera Teniente de Alcalde a doña Concepción Ballesteros Ruiz a la que le corresponderá asumir las funciones señaladas en el artículo 47 del Reglamento citado.

Se nombra asimismo Segundo Teniente de Alcalde a don Francisco Posadas Garrido Flores, que asumirá las funciones que correspondan por sustitución del primer Teniente de Alcalde.

Para asumir las funciones que a los anteriores correspondan en casos de ausencia, vacante o enfermedad se nombra Tercera Teniente de Alcalde a doña Dolores Cristina Mata Casado Yuste.

Delegación de Firma. A fin de agilizar el despacho administrativo diario y mejorar una respuesta rápida a las demandas ciudadanas, por orden del nombramiento indicado esta Alcaldía delega en los Tenientes de Alcalde su firma en todos aquellos certificados y asuntos de trámite diario que desde Secretaría se sometan para tal fin.

B. NOMBRAMIENTO DE DELEGADOS DE LA ALCALDÍA

Se nombran los siguientes Delegados de esta Alcaldía en las Áreas y Servicios que se indican:

-Doña Concepción Ballesteros Ruiz: Área de Presidencia, Salud, Igualdad, Asuntos Sociales, Vivienda y Mujer.

-Don Francisco Posadas Garrido Flores: Urbanismo, Medio Ambiente, Actividades, Agricultura, Caminos y Servicios.

-Doña Dolores Cristina Mata Casado Yuste: Cultura, Contratación Administrativa, Patrimonio, Atención Ciudadana, Educación y Turismo.

-Doña Manuela López Agundo: Comunicación, Formación, Consumo, Comercio, Mercados, Transparencia y Limpieza.

-Don Antonio Linares Blanco: Deportes.

-Doña María del Pilar Hoya Vera: Economía y Hacienda.

-Don José Andrés García Malagón: Gobernación y E-administración.

- Doña Lorena Muñoz Gómez: Juventud.

-Don Carlos Valentín Bernal Herenas: Festejos y Participación Ciudadana.

-Doña Almudena Sevillano Espejo: Personal. (Esta Delegación conlleva todo lo relativo a la firma de personal, salvo la firma de contratos laborales temporales que afecten a personas empadronadas en la Pedanía de Albendín, lo cual se delega en el Alcalde de Albendín).

Sin perjuicio de las facultades que conserva esta Alcaldía como órgano delegante, Las delegaciones anteriormente indicadas son genéricas y se referirán a las áreas de trabajo municipal y materias que se reseña, abarcando tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como de gestionarlos en general, incluida además la facultad de resolver actos administrativos que afecten a terceros mediante resoluciones motivadas.

C. JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 del RD 2568/86, de 28 de noviembre, se nombran los Concejales y Concejalas para formar parte de la Junta de Gobierno Local:

-Doña Concepción Ballesteros Ruiz.

-Don Francisco Posadas Garrido Flores.

-Doña Dolores Cristina Mata Casado Yuste.

-Don Antonio Linares Blanco.

-Don José Andrés García Malagón.

-Doña Lorena Muñoz Gómez.

-Doña Almudena Sevillano Espejo.

Delegación de Competencias en la Junta de Gobierno Local. En uso de las atribuciones que le confiere a la Alcaldía la normativa local vigente y en particular los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de la Bases de Régimen Local se delega en la Junta de Gobierno Local los siguientes:

-Licencias de Obras Mayores.

-Resolución de los expedientes de Disciplina Urbanística.

-Licencias de Actividades y puesta en funcionamiento o apertura de establecimientos.

-Licencias de 1ª Ocupación.

-Subvenciones.

-Autorización de servicios en suelo no urbanizable.

D. ALCALDE DE ALBENDÍN

El artículo 122.1 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades Locales dispone que en cada uno de los poblados y barriadas separadas del casco urbano y que no constituya entidad local, el Alcalde podrá nombra un Representante personal entre los vecinos residentes en los mismos.

En consecuencia, haciendo uso de esa facultad resuelvo nombrar  representante de esta Alcaldía en Albendín a don José Antonio García Álvarez (DNI 34001345-P) por reunir éste las condiciones vecinales necesarias para ello. Dicha representación tendrá el tratamiento tradicional de Alcalde de Albendín y sus funciones tendrán carácter de autoridad en el cumplimiento de sus cometidos municipales, según dispone el apartado 4 del citado artículo 122 del ROF.

Sin perjuicio de la entrada en vigor de estos nombramientos desde este mismo día, dése cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre con independencia de la publicidad pertinente.

B

RÉGIMEN DE DEDICACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN, CON EL PERSONAL EVENTURAL Y ASISTENCIA A ÓRGANOS COLEGIADOS.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público el régimen retributivo y de asignaciones de los miembros de la Corporación:

* Alcalde. En régimen de dedicación exclusiva desde el día 13 de junio de 2015, percibirá unas retribuciones brutas anuales de 46.000 €/14 pagas.

* Segundo Teniente de Alcalde. Don Francisco Posadas Garrido Flores, en régimen de dedicación exclusiva, desde el día 13 de junio de 2015, percibirá unas retribuciones brutas anuales de 38.000 €/14 pagas.

* Tercera Teniente de Alcalde. Doña Dolores Cristina Mata Casado Yuste, en régimen de dedicación exclusiva, desde el día 13 de junio de 2015, percibirá unas retribuciones brutas anuales de 38.000 €/14 pagas.

* Alcalde de Albendín. Don José Antonio García Álvarez, en régimen de dedicación exclusiva, desde el día 13 de junio de 2015, percibirá unas retribuciones brutas anuales de 25.000 €/14 pagas.

INDEMNIZACIÓN POR ASISTENCIA A SESIONES DEL PLENO, JUNTA DE GOBIERNO Y COMISIONES INFORMATIVAS

Con efectos desde el día 13 de junio de 2015, fecha de toma de posesión, los miembros de la Corporación que no se desempeñen cargos en dedicación exclusiva o parcial, tendrán derecho a percibir indemnizaciones por asistencia a las sesiones de los órganos anteriormente citados, para lo cual procedería que el Pleno de la Corporación acuerde previamente:

-La Creación de la Junta de Portavoces, compuesta por el Alcalde y Portavoces del Grupo Socialista, Partido Popular, Izquierda Unida y Ciudadanos.

Creados los órganos citados las cuantías indemnizatorias por asistencias de los titulares o, en su caso, suplentes cuando proceda al Pleno o Comisión Informativa, Junta de Gobierno Local y Junta de Portavoces, se fijan de la forma siguiente:

a) Asistencias a Pleno o Comisión Informativa. Se establecen 12 sesiones de Pleno o Comisión Informativa al año con derecho a indemnización, percibiendo cada uno de los titulares o suplentes no incluidos en el régimen de dedicación exclusiva o parcial de esta u otra corporación la cuantía de 356 €/sesión.

b) Asistencias a Junta de Gobierno Local. Se establece 12 sesiones al año con derecho a indemnización, percibiendo cada uno de los titulares o suplentes no incluidos en el régimen de dedicación exclusiva la cuantía de 237 €/sesión. De convocarse a otros miembros corporativos a las sesiones de la Junta de Gobierno estos tendrían derecho a indemnización por asistencia.

c) Asistencia a Junta de Portavoces. Se establecen 2 sesiones al año con derecho a indemnización, percibiendo cada uno de los titulares no incluidos en el régimen de dedicación exclusiva indicado la cuantía de 1.406 €/sesión.

d) Asistencia a la Junta de Municipal de Albendín. Se establecen 4 sesiones al año con derecho a indemnización, percibiendo cada uno de los titulares no incluidos en el régimen de dedicación exclusiva indicado la cuantía de 50 € brutos.

Asimismo, se informa que los señores miembros electos salientes y los que componen la Corporación durante el mandato 2015-2019, han dado cumplimiento a las obligaciones de Declaración de Bienes, Actividades y posibles causas de incompatibilidad conforme a lo establecido en el articulo 75 de la LRBRL, lo cual se encuentra en esta Secretaria General a disposición de los interesados dado el carácter público de tales declaraciones.

Baena, 2 de julio de 2015. El Secretario, Fdo. Miguel Ángel

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