Boletín nº 134 (14-07-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Espejo

Nº. 4.838/2015

Por esta Alcaldía, con fecha de 26 de junio de 2015, se ha adoptado decreto que literalmente se transcribe:

Don Florentino Santos Santos, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Espejo (Córdoba) Decreto:

Una vez celebradas las Elecciones Locales para la renovación de la totalidad de los miembros integrantes de la Corporación, convocadas por RD 233/2015, de 31 de marzo, que tuvieron lugar el pasado día 24 de mayo de 2015, y constituido el nuevo Ayuntamiento, resulta necesario proceder al establecimiento de la nueva organización municipal, en particular por lo que se refiere a la designación de los Tenientes de Alcalde.

Considerando que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en la nueva redacción dada a la misma por la Ley 11/1999, de 21 de abril, la designación de los Tenientes de Alcalde es competencia de esta Alcaldía, que deberá proceder a su nombramiento, mediante Decreto.

Por todo ello, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere la legislación anteriormente mencionada, ha tenido a bien dictar resolución, con las siguientes disposiciones.

PRIMERO: Nombrar Tenientes de Alcalde de este Ayuntamiento, con efectos del día de hoy, al Concejal que a continuación se relaciona, el cual sustituirá a esta Alcaldía en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.

Primera Teniente de Alcalde: Doña Inmaculada Concepción Silas Márquez.

Segundo Teniente de Alcalde: Don Francisco Javier Puertas Gracia.

SEGUNDO: Establecer que en caso de ausencia, vacante, enfermedad o impedimento de esta Alcaldía, las atribuciones y competencias que me reconoce la legislación vigente, serán realizadas por los Tenientes de Alcalde en el orden establecido.

En relación con la firma de certificados, oficios de remisión y todos aquellos documentos que produce la práctica diaria y no conlleve resolución de expedientes, serán competencia de esta Alcaldía, pero cuando por razones del cargo me ausentara temporalmente del Ayuntamiento, me sustituirá en la firma.

TERCERO: A estos efectos cuando esta Alcaldía tenga que ausentarse del término municipal, establecerá, mediante decreto, la duración de su ausencia, designando al Teniente de Alcalde que tenga que asumir sus competencias.

CUARTO: Notificar este Decreto a los Tenientes de Alcalde, haciéndole constar que tendrá que mantener informada a esta Alcaldía del ejercicio de sus atribuciones como Alcalde Accidental, no pudiendo en el citado ejercicio, ni modificar las delegaciones ya efectuadas por esta Alcaldía con anterioridad, ni otorgar otras nuevas.

QUINTO: Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta Resolución en la sesión extraordinaria que se convoque en cumplimiento de lo previsto por el artículo 38 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, sin perjuicio de su efectividad desde el día de la fecha de la misma.

En Espejo, a 26 de junio de 2015. El Alcalde, Fdo. Florentino Santos Santos.

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