Boletín nº 135 (15-07-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Alcaracejos

Nº. 4.760/2015

Tras la celebración de las elecciones municipales el día 24 de mayo de 2015, y habiéndose procedido el día 13 de junio de 2015 a la constitución de la nueva Corporación Local, se hacen públicos los nombramientos siguientes:

TENIENTES DE ALCALDE

- Manuel Ayala Tena.

- María Begoña Ruiz Gálvez.

- Baldomera Castelo Castro.

JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

Presidente: Luciano Cabrera Gil.

- Manuel Ayala Tena.

- María Begoña Ruiz Gálvez.

- Baldomera Castelo Castro.

Corresponde a la Junta de Gobierno Local, además de la asistencia permanente a Alcalde-Presidente en el ejercicio de sus atribuciones, las siguientes competencias que se delegan:

Delegar en la Junta de Gobierno las siguientes competencias del Pleno (Acuerdo plenario 19/06/2015).

La Corporación por unanimidad de los miembros presentes que son siete de los nueve que la integran, adoptan el siguiente acuerdo: Delegar en la Junta de Gobierno las siguientes competencias del Pleno:

1. La autorización y aceptación de todo tipo de subvenciones y ayudas, cuando la normativa que las regule requiera la adopción de acuerdo del Ayuntamiento Pleno.

2. La concertación de las operaciones de crédito que corresponda al Pleno, cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, no exceda del 20 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto, y las de tesorería que, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento no supere el 20 por cien de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Por el Alcalde en la Junta de Gobierno las competencias que a continuación se relacionan. Decreto (19/06/2015).

1º. La concesión de Licencias de apertura de establecimientos fabriles, industriales o comerciales y de cualquiera otra índole, y de Licencias urbanísticas en general, salvo que las ordenanzas o las Leyes sectoriales la atribuyan expresamente al Pleno.

2º. Aprobar la oferta de Empleo Público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas.

3º. Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.

4º. Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe sea mayor de 5.000,00 euros y no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto ni, en cualquier caso, los 6.000.000,00 euros; incluidas las de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del Presupuesto de primer ejercicio, ni la cuantía señalada.

5º. La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el Presupuesto.

6º. La adquisición de bienes y derechos cuando su valor sea superior a 5.000,00 euros y no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto ni los 3.000.000,00 euros, así como la enajenación del patrimonio que no supere el porcentaje ni la cuantía indicados en los siguientes supuestos:

La de bienes inmuebles, siempre que esté prevista en el Presupuesto.

La de bienes muebles, salvo los declarados de valor histórico o artístico cuya enajenación no se encuentre prevista en el Presupuesto.

La autorización de uso de bienes.

7º. La apertura del expediente de investigación sobre los bienes y derechos que se presuman de su propiedad, a fin de determinar su titularidad.

8º. Disponer gastos y reconocer obligaciones dentro de los límites de su competencia, siempre que el importe de las mismas sea superior a 5.000,00 euros.

En Alcaracejos, a 15 de junio de 2015. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Luciano Cabrera Gil.

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