Boletín nº 137 (17-07-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montilla

Nº. 4.799/2015

La Alcaldía, mediante resolución de fecha 18 de junio y rectificaciones de fechas 23 y 29 de junio, ha acordado la estructura político-organizativa de este Ayuntamiento, con motivo de la toma de posesión de la nueva Corporación resultando de las pasadas elecciones celebradas el día 24 de mayo, siendo el tenor literal de la misma, el siguiente:

I. De conformidad con lo previsto en el Artículo 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y a efectos del gobierno y administración del Ayuntamiento, el mismo se estructura en las siguientes grandes Áreas:

1º. ÁREA SOCIOCULTURAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

A cuyo frente he resuelto designar a la Teniente de Alcalde Doña Concepción Espejo López, y en la que se integrarán las actividades y servicios de carácter municipal relacionadas con las siguientes materias:

-Promoción de la Cultura, actividades Culturales y equipamientos culturales.

-Juventud e infancia.

-Mujer

-Protección y gestión del Patrimonio Histórico.

-Educación: Participación en la programación de la enseñanza y cooperación con la Administración Educativa; intervención en los órganos de gestión de los centros públicos docentes y participación en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria, así como otras actuaciones que incidan en la programación educativa municipal.

-Archivo Municipal.

-Biblioteca Municipal.

-Gestión Cultural del Museo Histórico Local, Casa de las Aguas, Casa del Inca, Museo del Vino, Envidarte.

-Casa de la Juventud, Teatro Garnelo, Castillo de Montilla y otros espacios culturales.

-Participación Ciudadana.

-Limpieza y mantenimiento de centros educativos de Primaria y Adultos.

2º. ÁREA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y ORGANIZACIÓN INTERIOR

A cuyo frente he resuelto designar a la Teniente de Alcalde Doña Ana María Rodríguez Gil, y en la que se integrarán las actividades y servicios de carácter municipal relacionadas con las siguientes materias:

-Hacienda: Gestión económica y de la Tesorería y control Presupuestario.

-Personal y Régimen Interior: Organización funcional del personal al servicio del Ayuntamiento: Plantilla y distribución de personal en los distintos servicios y dependencias, garantía de los derechos y deberes del personal, Seguridad Social, Régimen disciplinario, relación con los comités de empresa y otros órganos de representación del personal.

-Preparación de proyectos fondos europeos, ámbito económico.

-Organización y funcionamiento de los Servicios Jurídico-Administrativos.

-Promoción de la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

-Ferias comerciales, abastos, mercados, lonjas y comercio ambulante.

-Festejos.

-Promoción y fomento de la economía.

-Polígonos Industriales.

-Comercio.

-Implantación de las Nuevas Tecnologías

-Formación para el empleo.

-Centro de Iniciativas Empresariales.

-Turismo y promoción de la ciudad.

-Fomento de la creación de establecimientos industriales, fabriles, comerciales y de espectáculos y, en general, actividades industriales en el municipio, tanto pública como privada.

3º. ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL.

A cuyo frente he resuelto designar al Teniente de Alcalde Don Francisco Lucena Domínguez, y en la que se integrarán las actividades y servicios de carácter municipal relacionadas con las siguientes materias:

-Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.

-Plan Municipal de Inclusión Social.

-Participación en la vigencia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.

-Prestación de los servicios sociales delegados por la Junta de Andalucía, promoción de la igualdad de oportunidades.

-Defensa de Consumidores y usuarios (OMIC).

-Mayores

-Campamentos, albergues, residencias y campos de trabajo.

-Oficina Municipal de Mediación contra los Desahucios.

-Cooperación, solidaridad y ayuda al desarrollo

-Promoción del deporte e instalaciones deportivas: relaciones con Clubes, Servicio Municipal de Deportes.

-Conservación y gestión de instalaciones deportivas y, en general, bienes afectos a actividades deportivas de titularidad municipal.

-Piscinas Públicas.

4º. ÁREA DE SEGURIDAD CIUDADANA.

A cuyo frente he resuelto designar al Teniente de Alcalde Don Francisco José García Zamora, y en la que se integrarán las actividades y servicios de carácter municipal relacionadas con las siguientes materias:

-Policía Local, Protección Civil, Prevención y Extinción de Incendios.

-Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad.

5º. ÁREA DE URBANISMO Y MODELO DE CIUDAD

A cuyo frente he resuelto designar a la Teniente de Alcalde Doña Alicia Carmona Salamanca, y en la que se integrarán las actividades y servicios de carácter municipal relacionadas con las siguientes materias:

-Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística.

-Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la edificación.

-Empresa Pública del Suelo.

-Plan General de Ordenación Urbana.

-Sistema de Información Territorial.

-Licencias; instalación, apertura, funcionamiento e inspección de establecimientos industriales, fabriles, comerciales y de espectáculos y, en general, actividades industriales en el municipio tanto públicas como privadas.

-Preparación de proyectos fondos europeos; ámbito técnico.

-Apoyo técnico a resto de Áreas de Gobierno.

-Agenda 21

6º. ÁREA DE SERVICIOS, OBRAS PÚBLICAS, MEDIO AMBIENTE Y AGRICULTURA.

A cuyo frente he resuelto designar a la Teniente de Alcalde Doña Raquel Casado García, y en la que se integrarán las actividades y servicios de carácter municipal relacionadas con las siguientes materias:

-Salud y Sanidad: Servicios e instalaciones de la Sanidad Pública Local, inspección higiénico-sanitaria de alimentos y bebidas.

-Participación en la atención primaria de la salud.

-Medio Ambiente Urbano y Rural.

-Parques, jardines y viveros.

-Recogida y tratamiento sólido de residuos.

-Alumbrado, aguas y alcantarillado.

-Limpieza viaria y de edificios públicos, excepto edificios educativos.

-Vías Públicas Urbanas.

-Transporte público de viajeros.

-Conservación de caminos, fuentes y vías rurales.

-Gestión de Almacenes Municipales

-Cementerio.

-Agricultura.

-Convenios INEM/CC.LL.

-Conservación y gestión de edificios públicos, en especial de inmuebles e instalaciones, así como de los centros docentes públicos de titularidad municipal.

-Prevención de riesgos laborales.

II. 1º) Los Tenientes de Alcalde Delegados de Área, ejercerán las siguientes atribuciones, por delegación del Alcalde, en relación con los servicios y actividades de su competencia:

a) La jefatura del personal adscrito a las dependencias que conforman el Área de gobierno.

b) Convocar y presidir las sesiones de la Comisión Informativa correspondiente al Área, cuando ejerzan su presidencia.

c) Dirigir, impulsar e inspeccionar las obras y servicios cuya ejecución o realización hubiese sido acordada, recavando los asesoramientos técnicos necesarios de conformidad con lo establecido en los acuerdos de adjudicación.

d) La concesión de licencias, de autorizaciones relativas a actividades, cuyo objeto sean materias o asuntos propios del Área de su competencia, y con estricta sujeción a los procedimientos legalmente establecidos.

e) Propuesta de contratación y concesión de obras, servicios y suministros, cuando el objeto de los mismos se refiera a materias de su competencia.

f) Inspeccionar y vigilar el cumplimiento de los contratos, una vez suscritos por el Ayuntamiento.

g) Proponer la instrucción de expedientes disciplinarios.

h) Proponer e informar la asignación individualizada del Complemento de Productividad y de las Gratificaciones, así como del Complemento Específico.

i) Colaborar con el Alcalde en formar los proyectos de Presupuestos, mediante la realización de propuestas de Ingresos y Gastos, referidos a las materias de su competencia.

j) Autorizar y disponer gastos de conformidad con lo previstos en las Bases de Ejecución del Presupuesto. Todo ello referido siempre a los servicios y actividades de su competencia.

k) Desarrollar la gestión económica municipal conforme al Presupuesto aprobado y rendir cuentas a la Corporación de las operaciones efectuadas en cada ejercicio económico en lo relativo a las materias de su competencia, debiendo dar cuenta al Alcalde, previa su ejecución, de todas sus actuaciones.

l) Conformar las facturas que correspondan al desarrollo normal del Presupuesto, para su reconocimiento conforme a lo previsto en sus Bases de Ejecución.

m) Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento referidos a las materias de su competencia.

n) Proponer la incoación de expedientes sancionadores dimanantes de materias de su competencia, así como su resolución.

Las atribuciones delegadas en estos Tenientes de Alcalde, comprenderán tanto la facultad de dirección de los servicios correspondientes y del personal adscrito a los mismos, como la de su gestión, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Los Tenientes de Alcalde ostentan además la facultad de supervisar las actuaciones de las concejalías incluidas en su Área de actividad.

2º. La Teniente de Alcalde Delegado del Economía, Hacienda y Organización Interior, Doña Ana María Rodríguez Gil, ostentará específicamente, además de las anteriormente reseñadas, las siguientes facultades.

a) El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado, disponer gastos dentro de los límites de su competencia, reconocimiento y liquidación de las obligaciones, ordenar pagos y rendir cuentas, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

b) La aprobación de la liquidación de todos los tributos, precios públicos y cualquier otro ingreso de carácter público, así como la resolución de los recursos de reposición contra los mismos.

c) La resolución de los aplazamientos y fraccionamientos de deudas a favor del Ayuntamiento.

d) La resolución de los expedientes de rectificación de errores materiales o de hecho y aritméticos, así como la devolución de ingresos indebidos, salvo las atribuciones delegadas al Instituto para la Cooperación con la Hacienda Local.

4º. Por su parte, la instrucción de los expedientes sancionadores en materia de tráfico y circulación vial, corresponderá a la Teniente de Alcalde Doña Ana María Rodríguez Gil, correspondiente la iniciación y resolución al Teniente de Alcalde, Don Francisco José García Zamora.

5º. Además de las competencias anteriormente reseñadas, la Teniente de Alcalde Delegado del Área de Economía, Hacienda y Organización Interior, Doña Ana María Rodríguez Gil, ostentará específicamente las facultades relativas a la firma de contratos en materia de personal al servicio de esta Corporación, y de toda la documentación que, en relación con esta materia, haya de surtir efectos ante el INEM y Seguridad Social, así como la nómina de las percepciones salariales correspondientes al personal al Servicio de este Ayuntamiento.

III. A fin de facilitar el gobierno de las distintas Áreas de actividad estas se estructurarán en las siguientes Concejalías, a cuyo frente he resuelto nombrar a los siguientes miembros de la Corporación:

CONCEJALÍA DE JUVENTUD E INFANCIA. Adscrita al Área Sociocultural y de Participación Ciudadana, y a cuyo frente he resuelto nombrar a Don Francisco Luis Lao Navarro, y dentro de la cual se entenderán incluidos todos los servicios y actividades de competencia municipal relacionados con las materias del mismo nombre.

CONCEJALÍA DE PATRIMONIO HISTÓRICO. Adscrita al Área Sociocultural y de Participación Ciudadana, y a cuyo frente he resuelto nombrar a Doña María Luisa Rodas Muñoz, y dentro de la cual se entenderán incluidos todos los servicios y actividades de competencia municipal relacionados con las materias del mismo nombre.

CONCEJALÍA DE LA MUJER. Adscrita al Área Sociocultural y de Participación Ciudadana y a cuyo frente he resuelto nombrar a Doña María Luisa Rodas Muñoz, y dentro de la cual se entenderán incluidos todos los servicios y actividades de competencia municipal relacionados con las materias del mismo nombre.

CONCEJALÍA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA. Adscrita al Área Sociocultural y de Participación Ciudadana, y a cuyo frente he resuelto nombrar a Don José Antonio Bellido Gómez, y dentro de la cual se entenderán incluidos todos los servicios y actividades de competencia municipal relacionados con las materias del mismo nombre.

CONCEJALÍA DE ORGANIZACIÓN INTERIOR. Adscrita al Área de Economía, Hacienda y Organización Interior, y a cuyo frente he resuelto nombrar a Doña Aurora María Barbero Jiménez, y dentro de la cual se entenderán incluidos todos los servicios y actividades de competencia municipal relacionados con las siguientes materias:

-Personal y Régimen Interior: Organización funcional del personal al servicio del Ayuntamiento: Plantilla y distribución de personal en los distintos servicios y dependencias, garantía de los derechos y deberes del personal, Seguridad Social, Régimen disciplinario, relación con los comités de empresa y otros órganos de representación del personal.

CONCEJALÍA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA Y FESTEJOS. Adscrita al Área de Economía, Hacienda y Organización Interior, y a cuyo frente he resuelto nombrar a Don Antonio Agustín Ligero Marqués, y dentro de la cual se entenderán incluidos todos los servicios y actividades de competencia municipal relacionados con las siguientes materias:

-Ferias comerciales, abastos, mercados, lonjas y comercio ambulante.

-Festejos.

-Turismo y promoción de la ciudad.

CONCEJALÍA DE PROMOCIÓN ECONÓMICA, INNOVACIÓN Y COMERCIO.

Adscrita al Área de Economía, Hacienda y Organización Interior, y a cuyo frente he resuelto nombrar a Don Manuel Jesús Carmona Rodríguez, y dentro de la cual se entenderán incluidos todos los servicios y actividades de competencia municipal relacionados con las siguientes materias:

-Promoción y fomento de la economía.

-Polígonos Industriales.

-Implantación de las Nuevas Tecnologías

-Formación para el empleo.

-Centro de Iniciativas Empresariales.

-Comercio

-Fomento de la creación de establecimientos industriales, fabriles, comerciales y de espectáculos y, en general, actividades industriales en el municipio, tanto pública como privada.

Los titulares de las distintas Concejalías, bajo la supervisión de los titulares de las distintas Áreas ejercerán la dirección interna de los servicios o asuntos delegados, estando facultados para la realización de las siguientes funciones:

1º. Formular propuesta de actuaciones a realizadas por los distintos órganos municipales competentes en cada caso, en relación con los servicios o asuntos delegados, así como sobre gastos a realizar y contratación de personal y velar por el exacto cumplimiento de los acuerdos que a tal efecto se adopten.

2º. La inspección y dirección de la ejecución de los contratos de obras, servicios y suministros concertados por el Ayuntamiento cuando su objeto esté relacionado con las materias y servicios a que se extiende su competencia.

3º. La coordinación de los servicios administrativos y técnicos y de los medios personales adscritos en cada momento a su delegación.

4º. Conformar las facturas que correspondan al desarrollo normal de su delegación, para su reconocimiento conforme a lo previsto en sus Bases de Ejecución.

IV. Respecto de las actividades y servicios que no han sido objeto de delegación deberá entenderse que quedan bajo la directa responsabilidad del Alcalde y, en todo caso, aquellas de las que no es posible su delegación, de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Reguladora de las Bases Locales, así como las Relaciones con otras Administraciones Públicas (Estado, Junta de Andalucía, Diputación, Ayuntamientos y otras Entidades Locales, Organismos Autónomos, etc.)

La Alcaldía Presidencia conserva las siguientes facultades en relación con las competencias delegadas:

a) La de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los actos y disposiciones emanados en virtud de la delegación.

b) La de ser informada previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.

El Alcalde podrá avocar en cualquier momento las competencias delegadas, con arreglo a la legislación vigente sobre el procedimiento administrativo común.

En caso de revocar la delegación podrá revisar las decisiones tomadas, en los mismos casos y condiciones establecidas para la revisión de oficio de los actos administrativos.

Ningún Teniente de Alcalde o Concejal podrá delegar en un tercero ni en ningún concejal, las atribuciones y potestades recibidas por delegación.

Lo que se hace público de conformidad con lo establecido en el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Montilla, 6 de julio de 2015. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Rafael Ángel Llamas Salas.

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