Boletín nº 153 (10-08-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Hornachuelos

Nº. 5.167/2015

Con fecha 18 de junio de 2015 la Alcaldía dictó las Resoluciones 2015/00000374, 2015/000000376, 2015/00000377, que a continuación se transcriben:

DECRETO

En virtud de las competencias que me confieren los artículos 21.2 y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y artículos 52 y 46.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

He Resuelto

Primero. Nombrar Tenientes de Alcalde, por el orden que se transcriben, y con las funciones que a este cargo se atribuyen expresamente por el artículo 23.3 de la Ley reguladora de Bases de Régimen Local, y artículo 47.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, antes citado, a los siguientes concejales:

-Primera Teniente de Alcalde, Doña Mª Ángeles Rodríguez Sánchez.

-Segundo Teniente de Alcalde, Don Alejandro Tamarit Ramos.

-Tercera Teniente de Alcalde, Doña Mª Teresa Durán Caballero.

Segundo. Designar y nombrar como miembros de la Junta de Gobierno Local este Ayuntamiento, de conformidad con el artículo 52 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, antes citado, a los siguientes concejales:

-Doña Mª del Pilar Hinojosa Rubio

-Doña Mª Ángeles Rodríguez Sánchez

-Don Alejandro Tamarit Ramos

-Doña Mª Teresa Durán Caballero.

Tercero. Corresponderá a la Junta de Gobierno Local, condicionado a su efectiva creación por el Pleno:

a) Las competencias de asistencia a esta Alcaldía en el ejercicio de sus atribuciones y las que a continuación se delegan, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.

b) Las siguientes atribuciones que por el presente Decreto le quedan delegadas y que originariamente corresponden a la Alcaldía de la Corporación:

-Las del apartado j): Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo de planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.

-El otorgamiento de las licencias de enganches de inmuebles en la red de abastecimiento y saneamiento municipal.

Con respecto a las referidas delegaciones de competencias de la Sra. Alcaldesa, se reserva la potestad de incoar los expedientes, conservará las facultades previstas en el artículo 115 del ROF, pudiendo avocar la competencia conforme al artículo 116.

Cuarto. Establecer el régimen de sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local cada quince días como mínimo, al amparo de lo preceptuado en el artículo 112.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Del presente Decreto se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que se celebre, se notificará personalmente a los designados y se publicará un extracto en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del ROF.

Lo manda y firma la Sra. Alcaldesa-Presidenta, Doña María del Pilar Hinojosa Rubio, en Hornachuelos; de lo que, como Secretario, doy fe.

DECRETO

En virtud de las competencias que me confiere el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL), y artículo 43 el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF).

He Resuelto

Primero. Efectuar, al amparo del artículo 43.3º y 5º ROF delegaciones genéricas y especiales, que incluirán la facultad de dirigir los servicios correspondientes así como de gestionarlos en el sentido más amplio:

A. Efectuar a nombre de Doña Mª Ángeles Rodríguez Sánchez Delegación Genérica, excluyendo la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en materia de:

- Empleo y Personal (excluida Formación).

- Festejos.

- Turismo.

- Coordinación con los representantes de la Alcaldía en los núcleos de población separados.

B1. Efectuar a nombre de Don Alejandro Tamarit Ramos Delegación Genérica, excluyendo la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en materia de:

- Deportes.

- Agricultura, Ganadería y Apicultura.

- Desarrollo local.

B2. Efectuar a nombre de Don Alejandro Tamarit Ramos Delegación Genérica, incluyendo la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en materia de Hacienda, nombrándolo Ordenador de Pagos, de modo que los tres Claveros serán el concejal delegado de Hacienda, el Interventor y la Tesorera, requiriéndose la firma de los tres para cualquier disposición municipal de fondos.

C1. Efectuar a nombre de Doña Mª Teresa Durán Caballero Delegación Genérica, excluyendo la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en materia de:

-Servicios Técnicos Municipales que incluye, entre otros, obras públicas locales, elaboración de programas de las obras públicas a ejecutar por el Ayuntamiento, incluidas las obras adscritas al Plan de Empleo Rural y Planes Provinciales de obras y servicios, designando las prioridades de inversión, limpieza viaria, mantenimiento y limpieza de edificios públicos.

-Medio Ambiente y Aguas, incluidas aguas residuales, parques y jardines.

C2. Efectuar a nombre de Doña Mª Teresa Durán Caballero Delegación Genérica, incluyendo la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en materia de:

-Urbanismo en sentido amplio, incluyendo la disciplina urbanística y potestad sancionadora atribuida inicialmente al Alcalde en la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía y normativa concordante, así como el otorgamiento de las Licencias Urbanísticas, salvo las que las leyes sectoriales atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno Local.

Queda excluida la competencia para otorgar la licencia de enganches de inmuebles en la red de abastecimiento y saneamiento municipal, que residirá en la Junta de Gobierno Local.

D. Efectuar a nombre de Don Antonio Miguel Carrillo Pérez Delegación Especial, comprendiendo la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, pero no podrá incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en materia de:

- Cultura.

- Formación.

- Educación.

- Cementerio.

E. Efectuar a nombre de Don Juan Miguel Rojano Díaz Delegación Especial, comprendiendo la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, pero no podrá incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, en materia de:

- Sanidad y Consumo.

- Juventud.

- Igualdad.

- Participación Ciudadana.

Segundo.  Las Delegaciones Genéricas contempladas en el apartado C1 y C2 del punto Primero, surtirán efectos a partir del día 13 de julio de 2015.

Transitoriamente y hasta la fecha indicada, dichas delegaciones serán ejercidas por don Alejandro Tamarit Ramos.

Tercero. Notifíquese expresamente a los concejales afectados.

Cuarto. La delegación que antecede surtirá efecto desde el día siguiente de la fecha del Decreto, sin perjuicio de la preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y la dación de cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.

Lo manda y firma la Sra. Alcaldesa-Presidenta, Doña María del Pilar Hinojosa Rubio, en Hornachuelos; de lo que, como Secretario, doy fe.

DECRETO

Considerando lo dispuesto en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículo 41.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En virtud de las competencias que me confiere el artículo 43.1 del citado Real Decreto 2568/1986 y artículo 21.3 de la Ley 7/1985.

He Resuelto

Primero. Delegar la representación de la Corporación local en los Órganos e Instituciones que a continuación se relacionan en los concejales que igualmente se transcriben:

Consejo Comarcal del INEM, expte. 384

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