Boletín nº 155 (12-08-2015)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 5.200/2015

Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 260/2014

Sobre: Despido

De: Don José Henares Luque

Contra: Consultoría Energycor SL

 

DON JUAN CARLOS SANJURJO ROMERO, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en la Ejecución número 260/2014 de este Juzgado, a instancia de don José Henares Luque contra Consultoría Energycor SL, se ha dictado Auto despachando ejecución de fecha 22-7-15, y Decreto de medidas de la misma fecha que contiene los particulares que siguen:

"Auto. En Córdoba, a veintidós de julio de dos mil quince. Dada cuenta y; &///&

Parte Dispositiva

S.Sª. Ilma. Dijo: Se despacha, ejecución general del Auto dictado el 18-5-15 en estas actuaciones, a instancia de don José Henares Luque frente a la empresa Consultoría Energycor SL por la suma de 13.969,28 euros de principal, más otros 2.794,00 euros provisionalmente calculados para intereses, costas y gastos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo previsto en la LEC (artículo 239.4 LRJS).

Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma la Ilma. Sra. Doña María Rosario Flores Arias, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba. Doy fe. La Magistrada-Juez. El Secretario.

DECRETO del Secretario del Juzgado de lo Social Número Cuatro de Córdoba, Don Juan Carlos Sanjurjo Romero.

En Córdoba a veintidós de julio de dos mil quince.

&///&Parte Dispositiva

Acuerdo: Procédase sin previo requerimiento de pago al embargo de los bienes de la propiedad de Consultoría Energycor SL en cantidad suficiente para cubrir la cuantía de las cantidades por las que se ha despachado la ejecución, por importe de 13.969,28 euros de principal, más otros 2.794,00 euros provisionalmente calculados para intereses, costas y gastos.

Requiérase a las partes para que en el plazo de diez días señalen bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo sin perjuicio de lo cual consúltense las aplicaciones informáticas para la averiguación patrimonial de la ejecutada, a las que se tiene acceso a través del Punto Neutro Judicial, quedando unida en los autos a disposición del actor con advertencia de la confidencialidad de los datos obtenidos, y la prohibición de su transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, y que deberán ser tratados única y exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).

Se acuerda el embargo de los posibles saldos de la titularidad de la ejecutada en cuentas abiertas en las entidades bancarias adheridas al convenio suscrito por la Asociación Española de Banca y el CGPJ, librando la correspondiente orden de retención a través de la aplicación informática disponible en este órgano judicial.

Se acuerda el embargo de las devoluciones reconocidas por la Agencia Tributaria en favor de la ejecutada, por cualquier concepto, y líbrese orden de retención a través de la aplicación informática disponible en este órgano judicial.

Se acuerda el embargo de la finca registral número 14480/B inscrita en el Registro de la Propiedad número 10 de Málaga, al tomo 2107, libro 279, folio 21, alta 58, de la titularidad de Consultoría Energycor SL con CIF B-14966220, y que se describe como: "Urbana. Quinientos cuarenta y seis. Apartamento número cuarenta y cinco en la novena planta alta del edificio denominado Congreso Nueve, ubicado en el Sector del Plan de Ordenación Parcial de la Avenida de los Manantiales, en Torremolinos, Málaga. Tiene una superficie construida de cuarenta metros treinta y tres decímetros cuadrados. Se compone de pequeño vestíbulo con hueco de cocina, habitación principal para estar y dormir, armario y cuarto de baño con terraza. Sus linderos son los siguientes: Por su frente, al Este, con pasillo por el que tiene su entrada; por la derecha, al Norte, con apartamento número 44 de esta planta; por la izquierda, al Sur, con apartamento número 46 de la misma; y por el fondo, al Oeste, con vuelo sobre local de sótano. Cuota: 0,127 por ciento. Procede de la finca 8560-A, al folio 148, del tomo 355 del Antiguo Registro número Tres".

Se acuerda la anotación del embargo en el Registro de la Propiedad, a cuyo fin líbrese el oportuno mandamiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 553 de la LEC, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer Recurso de Revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 LRJS.

Por este mi Decreto lo pronuncio mando y firmo. El Secretario Judicial".

Y para que sirva de notificación a la demandada Consultoría Energycor SL, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 22 de julio de 2015. El Secretario Judicial, firma ilegible.

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