Boletín nº 171 (03-09-2015)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de Primera
Instancia Número 10
Córdoba
Nº. 5.159/2015
Juzgado de Primera Instancia Número 10 de Córdoba
Procedimiento: Expediente de Dominio. Reanudación tracto sucesivo 1481/2014
Sobre: Reanudación del tracto sucesivo interrumpido
Solicitante: Doña Rosario López Guerrero
Procuradora: Doña María Pilar Gutiérrez-Ravé Torrent
Letrada: Doña María del Mar León Serrano
DOÑA ELENA NÚÑEZ GONZÁLEZ, SECRETARIO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 10 DE CÓRDOBA, HAGO SABER:
Que en este Juzgado se sigue el procedimiento Expediente de dominio número 1481/2014, promovido a instancia de doña Rosario López Guerrero, para la reanudación del tracto sucesivo interrumpido de la siguiente finca:
Una Tercera Parte Indivisa de la Finca Rústica. Parcela de terreno procedente de la denominada Casilla de Murillo, término de esta capital; linda: Al Norte, con el camino a la fábrica de plomo de doña Fuensanta Sánchez Mejías; Este, Arroyo de las Piedras; Sur, finca de que procede, o sea, faja servidumbre; y Oeste, finca de igual procedencia. Tiene de extensión superficial, seiscientos metros cuadrados.
Título e Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad Número 7 de Córdoba, al folio 50, tomo y libro 465, finca número 14.113.
Dicha finca aparece inscrita en el Registro de la Propiedad Número 7 de Córdoba a nombre de don Arturo Gómez Andrada, casado con doña Araceli Gómez Cercano, en cuanto a una participación de una tercera parte indivisa en pleno dominio.
Apareciendo como titular catastral de la misma la solicitante doña Rosario López Guerrero.
La solicitante adquirió el pleno dominio de la participación de una tercera parte indivisa de la citada finca 14.113, por documento privado de compra-venta suscrito en Córdoba el 10 de julio de 1984 a los hermanos Gómez Gómez (Josefa, Emilio, Araceli, Petra Eusebia, Arturo y María del Carmen Gómez Gómez), que integran la comunidad de herederos que constituyen por fallecimiento de sus padres, los mencionados don Arturo Gómez Andrada y doña Araceli Gómez Cercano.
Por el presente y en virtud de lo acordado en Diligencia de Ordenación de esta fecha, se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada, y ello a fin de que en el plazo de diez días siguientes a la publicación de este edicto, por si tuvieran que manifestar cualquier circunstancia en contra de la pretensión de la solicitante doña Rosario López Guerrero.
En Córdoba a 22 de julio de 2015. La Secretario, firma ilegible.