Boletín nº 200 (16-10-2015)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción Número 1
Peñarroya Pueblonuevo
Nº. 5.861/2015
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 1 de Peñarroya-Pueblonuevo (Córdoba)
Procedimiento: Juicio de faltas 3/2015
De: Doña Verónica Ruiz Ruiz
Contra: Doña Anabel Conchell Fernández
DOÑA ANA MARGARITA VILLEGAS NOVELLA, SECRETARIO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO (CÓRDOBA), DOY FE Y TESTIMONIO:
Que en el Juicio de Faltas número 3/2015 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
En Peñarroya-Pueblonuevo, a 29 de septiembre de 2015.
Vistos por mí, doña Elena Sanz Collado, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 1 de Peñarroya-Pueblonuevo, los autos de juicio de faltas número 3/15, seguidos por falta de estafa, regulada en el artículo 623.4 de Código Penal, en los que ha comparecido como denunciante, Verónica Ruiz Ruiz y como denunciada Anabel Conchell Fernández, quien no compareció al acto de la vista a pesar de haber sido citada en legal forma.
Ha intervenido el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública.
Que debo condenar y condeno a Anabel Conchell Fernández por una falta de estafa, regulada en el artículo 623.4 del Código Penal a la pena de dos meses multa con una cuota diaria de seis euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del CP, en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y con expresa condena en costas.
Anabel Conchell Fernández ha de satisfacer a Verónica Ruiz Ruiz, la cantidad de 117 € euros en concepto de responsabilidad civil.
Y para que conste y sirva de notificación de Sentencia a Anabel Conchell Fernández, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, expido la presente en Peñarroya-Pueblonuevo, a 29 de septiembre de 2015. La Secretario, firma ilegible.