Boletín nº 201 (19-10-2015)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 5.888/2015

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 63/2012

De: Don Manuel García Corbaño

Contra: Excavaciones Sacor SL y Fogasa

 

DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1424/11 (ejecución 63/12), a instancia de la parte actora don Manuel García Corbaño contra Excavaciones Sacor SL, se ha dictado Decreto de Insolvencia de fecha 15.11.2013 cuya parte dispositiva es del del tenor literal siguiente:

"Declarar a la ejecutada Excavaciones Sacor SL, en situación de insolvencia parcial por importe de 2.291,75 euros más la cantidad de 670 euros calculados para intereses, gastos y costas de ejecución. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de Impugnación: Contra la presente resolución cabe Recurso Directo de Revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 LR.S. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el número de cuenta de este Juzgado número 0030 1846 42 0005001274 concepto expediente 1446 0000 64 1424 11 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social-Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social-Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos".

Y para que sirva de notificación a la demandada Excavaciones Sacor SL, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 30 de septiembre de 2015. La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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