Boletín nº 203 (21-10-2015)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Córdoba

Nº. 5.939/2015

Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba

Ejecución de títulos judiciales 164/2015

De: Don Rafael Castillo Muñoz

Abogado: Doña Dolores Arroyo Nadales

Contra: Water Córdoba Life SL

 

EL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE CÓRDOBA Y SU PARTIDO, HACE SABER:

Que con fecha 6/10/15 se ha dictado auto con el encabezamiento y parte dispositiva que sigue:

PRIMERO. En los autos arriba referenciados se dictó sentencia el 20-03-15 en la que estimando la demanda se declaraba improcedente el despido del demandante, condenándose a la empresa demandada Water Córdoba Life SL, a que, a su elección, lo readmitiera en las mismas condiciones que disfrutaba con anterioridad al despido o le indemnizara en la suma que en la misma consta y que, para el supuesto de la readmisión, le abonase los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de notificación de la sentencia.

1º) Declaro extinguida en esta fecha la relación laboral que ligaba a Rafael Castillo Muñoz con la empresa Water Córdoba Life, SL.

2º) Condeno a la empresa Water Córdoba Life, SL a que pague a Rafael Castillo Muñoz, como indemnización, la cantidad de 12.656,96 euros.

3º) Condeno a la empresa Water Córdoba Life, SL a que pague a Rafael Castillo Muñoz, en concepto de salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la del presente Auto, la cantidad de 14.871,04 euros.

Esta resolución no es firme, pues contra la misma cabe Recurso de Reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, en cualquier oficina del Banco Santander, expresando en el documento de ingreso la siguiente clave identificativa del procedimiento: 1445 0000 30 0164 15, debiendo indicar en el campo Concepto que se trata de un recurso seguido del código 30 y Social-Reposición, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la LO 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a la demandada Water Córdoba Life SL, en paradero desconocido, y para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado así como en el Boletín Oficial de la Provincia, expido y firmo el presente en Córdoba, a 7 de octubre de 2015.

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