Boletín nº 204 (22-10-2015)
VIII. Otras Entidades
Gerencia Municipal de
Urbanismo
Córdoba
Nº. 5.787/2015
Refª. Planeamiento/FSJ 4.2.1 4/2015
El Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Córdoba en sesión celebrada el día 21 de mayo de 2015, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar inicialmente el Proyecto de Estatutos de la Entidad de Conservación de la Urbanización Las Jaras, presentado por don Juan Manuel Funes en calidad de Presidente de la Comunidad de Propietarios de la Urbanización, requiriendo a la misma para que durante el trámite de información pública y, en todo caso, antes de su aprobación definitiva, cumplimenten las observaciones que se contienen en el informe del Servicio de Planeamiento (de cuyo contenido habrá de darse traslado como motivación de la resolución).
Segundo. Someterlo a información pública por plazo de veinte días, publicándose el acuerdo y el texto del proyecto en el Boletín Oficial de la Provincia y notificándose personalmente a la Junta de Compensación y a los propietarios afectados.
Córdoba, 21 de septiembre de 2015. El Gerente, Fdo. Emilio García Fernández.
PROYECTO DE ESTATUTOS Y BASES
Entidad Urbanística de Conservación de Urbanización Las Jaras de Córdoba.
Documento aprobado por Junta General de Comunidad de Propietarios Las Jaras de 07/03/2015.
Promotor: Comunidad de Propietarios Las Jaras de Córdoba.
Abogadas: Doña Francisca Barranco Garrido y doña María Roldán Ortiz.
Arquitectos: Don José María Barroso Campos y don Antonio Galisteo Rosa.
ÍNDICE
E. ESTATUTOS
PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Disposiciones Generales
Artículo 01. Denominación
Artículo 02. Domicilio
Artículo 03. Objeto y fines
Artículo 04. Órgano Urbanístico bajo cuya tutela actúa
Artículo 05. Delimitación
Artículo 06. Duración
CAPÍTULO II. De los Componentes de la Entidad
Artículo 07. Miembros de la Entidad
Artículo 08. Transmisión de bienes y derechos
CAPITULO III. De la constitución de la Entidad
Artículo 09. Contenido de la escritura de constitución
Artículo 10. Quórum de la Asamblea Constitutiva
CAPÍTULO IV. Derechos y obligaciones de los miembros
Artículo 11. Derechos
Artículo 12. Obligaciones
CAPÍTULO V. Órganos de la Entidad
Artículo 13. Enumeración
A) DE LA ASAMBLEA GENERAL
Artículo 14. La Asamblea General
Artículo 15. Facultades de la Asamblea
Artículo 16. Convocatoria de la Asamblea
Artículo 17. Constitución de la Asamblea
Artículo 18. Adopción de acuerdos
Artículo 19. Actas
B) DEL CONSEJO RECTOR
Artículo 20. Composición y carácter
Artículo 21. Duración del cargo del Consejero
Artículo 22. Facultades del Consejo
Artículo 23. Reuniones del Consejo Rector
Artículo 24. Actas del Consejo
C) DEL PRESIDENTE
Artículo 25. Nombramiento
Artículo 26. Funciones
D) DEL VICEPRESIDENTE
Artículo 27. Nombramiento
Artículo 28. Funciones
E) DEL SECRETARIO
Artículo 29. Nombramiento
Artículo 30. Funciones
CAPÍTULO VI. Medios económicos y reglas para la exacción de cuotas
Artículo 31. Clases
Artículo 32. Participación en derechos y obligaciones
Artículo 33. Cuotas ordinarias y extraordinarias
Artículo 34. Cuantía y pago
Artículo 35. De los gastos anticipados
Artículo 36. De la Contabilidad
CAPÍTULO VII. Recursos administrativos contra acuerdos de la Entidad
Artículo 37. Ejecutividad de los acuerdos
Artículo 38. Clases de recursos
CAPÍTULO VIII. Disolución y liquidación de la Entidad
Artículo 39. Causas de la disolución
Artículo 40. Liquidación
CAPÍTULO IX. De los elementos reales
Artículo 41. Elementos de dominio y uso privado
Artículo 42. Elementos de uso común
Artículo 43. Elementos de dominio y uso público
Artículo 44. Cuidado de entorno y convivencia
B. BASES
Base 01. Ámbito territorial
Base 02. Finalidad de las bases
Base 03. Las bases como técnica redistributiva
Base 04. Obligatoriedad
Base 05. Participación en derechos y obligaciones
Base 06. Contratación de conservación de obras de urbanización
Base 07. Responsabilidades
Base 08. Cálculo de coeficiente de participación
Base 09. Distribución de beneficios y cargas
Abogadas, firma ilegible. Arquitectos, firma ilegible.
E. ESTATUTOS
PREÁMBULO
ANTECEDENTES DESARROLLO URBANÍSTICO
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 30 de junio de 1975, quedó enterado de la Resolución de Aprobación Definitiva de la Dirección General de Urbanismo del Ministerio de la Vivienda del Plan Parcial de Ordenación del Polígono Residencial Las Jaras, promovido por don Antonio Taboada Jurado.
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 2 de septiembre de 1978, quedó enterado del escrito del Ilmo. Sr. Delegado Provincial del Ministerio de Obras Públicos y Urbanismo, trasladando Acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo, en sesión de 21 de julio de ese año, por el que se aprobó definitivamente el Proyecto de Ampliación del Plan Parcial de Ordenación de la Zona Residencial Las Jaras, promovido por don Antonio Taboada Jurado.
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 7 de junio de 1979, quedó enterado de la Resolución de la Comisión Provincial de Urbanismo, por la que se Aprueba Definitivamente el Proyecto de Urbanización Las Jaras, con ciertos condicionamientos.
Con fecha 29 de octubre de 1985 se suscribió Convenio Urbanístico entre el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba y don Antonio Taboada Jurado como promotor de la Urbanización Las Jaras, el cual tenía por objeto la Ordenación y Urbanización de los terrenos de la Finca "Las Jaras".
Con fecha 19 de diciembre de 1985, en cumplimiento de referido Convenio Urbanístico, don Antonio Taboada Jurado suscribió escritura de cesión al Excmo. Ayuntamiento de Córdoba de las zonas verdes y de la zona de equipamiento de la urbanización Las Jaras.
El Plan General de Ordenación Urbana 1986, aprobado definitivamente por Resolución de 1 de agosto de 1986 (BOP número 79, 14/08/1986), concretó a nivel urbanístico el referido Convenio Urbanístico y estableció en la ficha de planeamiento el sistema de actuación correspondiente a Las Jaras:
Sistema de actuación: Compensación, se formará entidad de conservación y servicios.
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 3 de marzo de 1988, Aprobó Definitivamente el Proyecto de Reparación y Complementación de las anteriormente referidas obras de urbanización.
La Comisión de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento, en sesión celebrada el 22 de abril de 1988, concedió Licencia para ejecutar las obras de la 1ª Fase y, en sesión celebrada el 16 de octubre de 1992, concedió Licencia para ejecutar las obras de la 2ª y 3ª Fases. En las fases 1ª y 3ª se simultanearon obras de urbanización y de edificación mientras en la fase 2ª se ejecutaron únicamente obras de urbanización.
En el Informe Jurídico de la Gerencia de Urbanismo de fecha 19 de enero de 1994, que propuso el acuerdo de recepción de las obras de urbanización, se argumentó que la situación en trámite de la entidad de conservación no impedía la recepción de la urbanización y se advirtió que la obligación de conservación de las obras ejecutadas, hasta tanto no se constituya la referida entidad de conservación corresponderá al promotor del Proyecto, esto es, JAVIARAS SA, sin perjuicio de que en su caso, pueda repercutir en el futuro sobre la entidad los gastos que por esta conservación se puedan producir, para lo cual en todo caso se encuentra depositado el correspondiente aval por importe del 6 % del total del proyecto.
El día 12 de enero de 1994 se firmó el Acta de Recepción Provisional de las obras de Urbanizaci&