Boletín nº 207 (27-10-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Puente Genil

Nº. 5.994/2015

Por el Sr. Alcalde se ha dictado, con fecha 08/10/2015, la siguiente resolución:

DECRETO: Por Decreto de la Alcaldía de fecha 19/06/2015, se designa como Concejal Delegado de Infraestructuras y Urbanismo a don Francisco Carrillo Gómez, con la facultad de dirigir e inspeccionar los servicios correspondientes, comprendiendo, en lo que atañe a Obras y Urbanismo, la potestad de resolver mediante actos administrativos en las materias derivadas de la competencia de la Alcaldía.

Siendo que en fecha del día de ayer, 07/10/2015, se recibe informe de la Sra. Arquitecta Municipal, doña Mónica Lavado Fernández, sobre el estado del inmueble sito en el número 44 de la calle Carlos I, de la localidad, que es del siguiente tenor:

El objeto del presente informe es estudiar el estado ruinoso del cobertizo situado en calle Carlos I, número 44. Dicho estudio es consecuencia del expediente de disciplina urbanística (LU 2015/11) existente en dicha parcela, motivado por las obras realizadas bajo la rasante del cobertizo y del patio, sin la preceptiva licencia de obras.

En dicha parcela cabe distinguir dos cuerpos independientes entre sí, por un lado, la vivienda de una planta que presenta fachada a la vía pública y un cobertizo de dos plantas situado al fondo de la parcela, y separado de la vivienda por un patio. Dichas edificaciones son independientes, tanto constructiva, como funcionalmente, pudiendo existir la vivienda sin el cobertizo que está destinado a trastero.

En la actualidad la vivienda está deshabitada. En dicha vivienda no se aprecian daños estructurales importantes, no presentando peligro para la vía pública, por lo que no es objeto de este informe. No obstante, el cobertizo presenta un estado ruinoso, que si bien no presenta peligro para la vía pública, se hace necesaria su demolición para poder acometer las obras que se especifican en el expediente de disciplina urbanística, puesto que se podría derrumbar debido a su avanzado estado de deterioro.

El cobertizo ocupa todo el ancho de la parcela. Se trata de dos plantas diáfanas, con forjados y pilares de madera y cubierta de chapa. Las vigas están podridas y presentan fecha, estando el forjado de la planta primera apuntalado.

Las viguetas de madera están podridas y presentan gran fecha, hecho agravado por la excesiva carga que tiene el cobertizo en planta primera. Dichas viguetas están apuntaladas para evitar su derrumbe. No obstante, el gran estado de deterioro que presentan dichas viguetas, unidas al escaso apoyo que tienen en el suelo de la planta baja, dada la excavación realizada inadecuadamente, puede provocar un deslizamiento de las tierras, con el consiguiente derrumbe de la planta primera del cobertizo.

Por lo expuesto, y dada la peligrosidad de la excavación realizada sin la adopción de medidas de seguridad, el peligro de deslizamiento de tierras y el mal estado de los materiales constructivos, considero que en la actualidad el cobertizo presenta ya un deterioro irreversible, quedando como única vía su demolición.

Por lo tanto, se concluye conforme al artículo 159 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, que el cobertizo se encuentra en estado de ruina física inminente, siendo urgente su demolición.

El plazo de inicio de las obras es de tres días naturales. Con anterioridad se debe presentar la comunicación del técnico que se hace cargo de la dirección de la ejecución de las obras. A la finalización de los trabajos se deberá presentar certificado final de obra y fotografías acreditativas de la demolición efectuada. La duración de la demolición y limpieza de los escombros será de diez días, debiendo retirar los escombros a vertedero autorizado.

El Presupuesto aproximado de la demolición es de 1.725,00 €. Este presupuesto incluye demolición del cobertizo, gestión de residuos, dirección de la ejecución de las obras por parte de técnico competente, gastos generales, beneficio industrial, todo incluyendo IVA.

El propietario de la vivienda es doña Sellamia Debdoubi, con domicilio a efectos de notificaciones en la calle Carlos I, número 42, de Puente Genil, y número de teléfono 631054592.

Siendo que de tal informe se desprende la necesidad de su urgente demolición.

Siendo que desde el día de ayer y hasta el próximo 13/10/2015 se encuentra ausente el señor Concejal Delegado al comienzo indicado.

Vistos los artículos 10.g) del Reglamento Orgánico Municipal (ROM) y 12 y 14 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAP y PAC), por el presente

He Resuelto:

Avocar la competencia otorgada al Sr. Concejal Delegado de Infraestructuras y Urbanismo, para adopción de las medidas precisas en el inmueble sito en el número 44 de la calle Carlos I, de la localidad, dando cuenta al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que celebre y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y al interesado.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Puente Genil, 8 de octubre de 2015. Firmado electrónicamente por la Secretaria General, Carmen López Prieto.

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