Boletín nº 207 (27-10-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 6.014/2015

Por resolución número 1881 firmada por la Sra. Alcaldesa el día 5-10-2015 se ha resuelto:

Antecedentes de Hecho

Primero. Mediante cédula de notificación y requerimiento del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 1 de Córdoba, se da traslado de la Resolución adoptada con fecha 15 de septiembre de 2015, en los Autos del Procedimiento ordinario número 509/2015, Negociado: ED en el recurso interpuesto por doña María Milagros Saavedra Saavedra, doña María de los Ángeles Saavedra Saavedra, don Luis Aguilera Valverde, doña Leonarda Ruano Hinojosa, doña Amparo Aguilera Ruano, doña Carmen María Aguilera Ruano, don Francisco de Asís Albalá Pérez, don Luis Alberto Aguilera Ruano, doña María del Carmen Muros García-Gil, Playa Gaztetape SL, Knoxtyl Desing SL, Talleres Arias SL y doña Florentina Aguilera Ruano, contra resolución desestimatoria por silencio administrativo de este Ayuntamiento, del Recurso de Reposición formulado contra resolución 2146/2014 en expediente número 75/2013 sobre Urbanismo.

Segundo. Que la citada notificación judicial tuvo entrada en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento el 21 de septiembre de 2015.

Tercero. Que mediante la referida resolución judicial, se requiere a este Ayuntamiento a la remisión del expediente administrativo al órgano jurisdiccional y a que se practique los emplazamientos previstos en la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Fundamentos de Derecho

Primero. El artículo 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser remitido al órgano jurisdiccional, en el plazo de veinte días, contados a partir de que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido.

Segundo. Conforme establece el artículo 49 LJCA la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. Hechas las notificaciones, se remitirá el expediente al Juzgado, incorporando la justificación del emplazamiento efectuado.

En virtud de cuanto antecede, y de las facultades que me confiere el artículo 21-1-K de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local en su redacción dada por la Ley 11/99, de 21 de abril

Resuelvo:

Primero. Acusar recibo a comunicación del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 1 de Córdoba de interposición de Recurso Contencioso. Procedimiento ordinario 509/2015 contra resolución desestimatoria por silencio administrativo de este Ayuntamiento, del Recurso de Reposición formulado contra resolución 2146/2014 en expediente número 75/2013 sobre Urbanismo, remitiendo copia del expediente foliado.

Segundo. Personarse este Ayuntamiento ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 1 de Córdoba.

Tercero. Encomendar al Servicio Jurídico de la Excma. Diputación de Córdoba, asuma la defensa y representación de este Ayuntamiento en dicho recurso 509/2015.

Cuarto. Emplazar a: Doña Carmen Priego Barco; doña Ana Planelles Mohedo; don Tomás Carpintero Canalejo y doña Ana Milagros Arías Lozano; don Rafael Castillo Rodríguez; don Francisco Javier Corredor Lara y doña Carmen Marín Ruano; don Antonio Jesús Magdaleno González e doña Irene Corredor Lara; don Ángel Ronda Sánchez y doña María Pilar de la Rosa Vázquez; doña Carmen Rosa Rodríguez Sainz y don Luis Rivas Gómez; don Alejandro Mate Arbide; doña Filomena Planelles Mohedo; don Antonio J. Calle Márquez; Tutrifol Agroquimicos SL; don Miguel Pozo Nogales y doña Mª Manuela Arias Lozano; don Juan A. Gonzalez Bravo y doña María Esther Arias Lozano; Caixa D. Estalvis, Pensiones de Barcelona en Montoro; doña Rafaela Madrid López; don Rafael Jurado Márquez y doña Ruth Gómez Agundez; Monte de Piedad y Caja de Ahorros Ronda, Cádiz, Almería, Málaga, Antequera en Montoro; don Rafael Ruiz Guerra y doña Manuela Pontes Caballero; Banco Bilbao Vizcaya Argentaria en Montoro; Tesorería General de la Seguridad Social de Córdoba, don Carlos Ángel Gonzalvo; don Francisco Ortega Molina; doña Mercedes Vellarino Miranda; Inmobiliaria Atalba SL, don Antonio Alcalde Nadales y doña Carmen Fernández Peralbo; doña María Isabel Madrid Gutiérrez; Elkargi, SGR en Bilbao; Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Guipúzcoa y San Sebastián Kutxa; don Manuel Muñoz Cortes y doña Francisca Velasco Navajas; don Francisco J. Carrillo Márquez y doña Dolores Serrano Sánchez; don José María Bono Pacheco y doña María del Carmen Carrillo Moreno; Dicetrol SL; Inversiones Jojal SL; Gestión de Proyectos y Montajes SL; Menaje y Confort SA; Mapapu Inversión SL; Egori Industrial SA; Banco Guipuzcoano SA en San Sebastián; BAKOA SA; Banco Guipuzcoano en Córdoba; Bankinter SA en Irún; Elkargi, SGR en San Sebastián; Juzgado de lo Mercantil número 1 en San Sebastián; Juzgado de 1ª Instancia número 9 en Córdoba; Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Número 1 en Monter; Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Número 2 en Montoro; Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Número 3 de Jaén; Juzgado de 1ª Instancia número 1 de Jaén y Juzgado de lo Social número 4 de Córdoba, como interesados en dicho expediente, para que puedan personarse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Número 1 de Córdoba en el procedimiento en cuestión, en el plazo de nueve días, y ello a tenor de lo establecido en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Quinto. Dar cuenta de esta resolución al Servicio Jurídico de la Excma. Diputación de Córdoba y al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 1 de Córdoba, informándole que una vez se proceda a la cumplimentación de los emplazados por esta Corporación, se dará cuenta de los mismos.

Sexto. Anunciar la interposición de Recurso Contencioso-Administrativo formulado por por doña María Milagros Saavedra Saavedra, María de los Ángeles Saavedra Saavedra, don Luis Aguilera Valverde, doña Leonarda Ruano Hinojosa, doña Amparo Aguilera Ruano, doña Carmen María Aguilera Ruano, don Francisco de Asís Albala Pérez, don Luis Alberto Aguilera Ruano, doña María del Carmen Muros García-Gil, Playa Gaztetape SL, Knoxtyl Desing SL, Talleres Arias SL y doña Florentina Aguilera Ruano, contra resolución desestimatoria por silencio administrativo de este Ayuntamiento, del Recurso de Reposición formulado contra resolución 2146/2014 en expediente número 75/2013 sobre Urbanismo.

Montoro, a 6 de octubre de 2015. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Ana María Romero Obrero.

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