Boletín nº 212 (03-11-2015)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3
Lucena

Nº. 5.987/2015

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Lucena

Procedimiento: Expediente dominio. Reanudación tracto sucesivo 444/2015

Sobre Expediente dominio. Reanudación tracto sucesivo

Solicitante: Don Cristóbal Hurtado Aragón

Procurador: Don Julio Luis Otero López

 

DOÑA ALMUDENA MANZANO CIMADEVILLA, SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 3 DE LUCENA, HAGO SABER:

Que en este Juzgado se sigue el procedimiento Expediente dominio. Reanudación tracto sucesivo 444/2015, a instancia de don Cristóbal Hurtado Aragón, de las siguientes fincas:

Urbana sita en la calle Eras Altas número 9 de Palenciana, cuya descripción registral es como sigue: Molino Aceitero en la Villa de Palenciana, que da su frente por un postigo grande abierto a la calle Eras Altas y, por lo tanto, situado en esta calle, sin número de policía. Linda por su derecha entrando con casa de don Rafael Aragón Serrano, hoy de don Juan Velasco Linares, por su izquierda con casa de don Juan de Lara, hoy de herederos de don José Velasco Roldán, y por su espalda, con casa segregada del todo de la finca de la que esta procede, que fue adjudicada al heredero de don José Jiménez Ramírez, hoy herederos de don Francisco Arjona Aragón y otros. Mide superficialmente el molino aceitero dieciséis varas de ancho por diecisiete de largo, hasta el último patio, equivalente a doscientas setenta y dos varas cuadradas, o sea ciento noventa metros cuadrados, y este patio tiene treinta y una varas de largo, con una superficie de trescientos cuarenta y seis metros cuadrados y consta de dos cuerpos, en el primero se haya la prensa y en el segundo la piedra y quince trojes.

La Finca aparece inscrita en el Registro de la Propiedad de Rute al Tomo 613, Libro 69 del Ayuntamiento de Palenciana, Folio 185 y siguiente, inscripciones primera a sexta de la finca registral número 2898.

Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Lucena, a 14 de septiembre de 2015. La Secretaria, firma ilegible.

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