Boletín nº 214 (05-11-2015)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 6.219/2015
Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba
Procedimiento: Despidos/Ceses en general 775/2015
De: Don Daniel Cuerva Gutiérrez
Abogado: Doña Elena Díaz Adorna
Contra: Telereparación de Sistemas Electromecánicos e Informáticos de Córdoba SL y Fogasa.
DON JUAN CARLOS SANJURJO ROMERO, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 775/2015 a instancia de la parte actora don Daniel Cuerva Gutiérrez contra Telereparación de Sistemas Electromecánicos e Informáticos de Córdoba SL y Fogasa sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente:
"Providencia del Magistrado/Juez don Martín José Mingorance García.
En Córdoba, a veintinueve de octubre de dos mil quince.
El anterior escrito presentado por la Letrada doña Elena Díaz Adorna en nombre y representación de don Daniel Cuerva Gutiérrez únase a los autos de su razón.
Vistas las pruebas propuestas por la parte actora en la demanda cítese para interrogatorio al representante de la demandada, al que se advierte que de no comparecer sin justa causa podrán ser reconocidos como ciertos los hechos a que se refieran las preguntas, sin que dicha citación, implique pronunciamiento sobre la admisión o declaración de pertinencia de dicha prueba, que, en su caso, habrá de proponerse en el acto del juicio y resolverse en el mismo.
Para el caso de que la demandada sea una persona jurídica privada, se le apercibe que, si el representante legal de la misma que compareciere a juicio con facultades para responder al interrogatorio, no hubiera intervenido en los hechos deberá aportar a juicio de la persona conocedora directa de los mismos, conforme dispone el artículo 91-3 de la LRJS, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el apartado 2 de la misma norma legal citada.
Respecto de la testifical solicitada, cítese a los testigos propuestos, sin que dicha citación, implique pronunciamiento sobre la admisión o declaración de pertinencia de dicha prueba, que, en su caso, habrá de proponerse en el acto del juicio y resolverse en el mismo".
Y para que sirva de notificación al demandado Telereparación de Sistemas Electromecánicos e Informáticos de Córdoba SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 29 de octubre de 2015. El Letrado de la Administración de Justicia, firma ilegible.