Boletín nº 219 (12-11-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 5.393/2015
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a publicar la Encomienda de Gestión realizada por el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba a favor de la Gerencia Municipal de Urbanismo, para la Total Ejecución de las Actuaciones Contenidas en la Medida 2.1 relativa a la Dotación de Equipamientos de Servicios para la Cohesión Social en el marco del Programa de Iniciativa Ciudadana Córdoba Urban Sur, aprobada mediante Acuerdo número 710/15, de Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 31 de julio de 2015, en turno de urgencias, y cuyo texto íntegro es el siguiente:
Número 710/15. Contratación. Moción del Sr. Teniente de Alcalde Delegado de Seguridad Ciudadana y Vía Pública y Gestión, de Encomienda de Gestión a la Gerencia Municipal de Urbanismo para la total ejecución de las actuaciones contenidas en la medida. 2.1. Relativa a la Dotación de Equipamientos de Servicios para la Cohesión Social en el marco del Programa de Iniciativa Ciudadana Córdoba Urban Sur.
Examinado el expediente tramitado al efecto; vistos y conocidos los informes obrantes en el mismo, y de conformidad con la Moción más arriba referenciada, la Junta de Gobierno Local, previa declaración de Urgencia, adoptó los siguientes
Acuerdos:
Primero. Encomendar a la Gerencia Municipal de Urbanismo la siguiente operación financiada con gasto de capital integrada en el proyecto Urban Sur de Córdoba con los siguientes presupuestos:
-Eje 2. Integración social, formación e igualdad de oportunidades. Medida 2.1. Dotación de Equipamientos de servicios para la cohesión social:
Proyecto de Equipamiento de Centro Cívico Municipal, con un presupuesto de 75.000,00 €.
Proyecto de Mejora de Movilidad y Accesibilidad, con un presupuesto de 199.993,65 €.
Total presupuesto: 274.993,65 €.
Segundo. Incluir en las condiciones de la Encomienda la necesidad de que la Gerencia Municipal de Urbanismo se comprometa a una adecuada ejecución de la medida bajo la Dirección del Proyecto, con arreglo a la normativa aplicable, respetando los plazos establecidos para la ejecución de los pagos y siguiendo el Manual de Procedimientos a que hace referencia el artículo 18 del Acuerdo de Atribución de funciones.
Tercero. Llevar a efecto el pago de la cantidad correspondiente a la operación objeto de la encomienda una vez aprobada la misma, con independencia de que en su ejecución posterior se vayan conciliando en cada momento las posibilidades reales de tesorería con las necesidades de pago del proyecto.
Cuarto. Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de conformidad con lo establecido en el artículo15.3 de la LRJ-PAC para su eficacia.
Quinto. Dar traslado del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal de Urbanismo de Córdoba a los efectos oportunos.
Córdoba, 14 de agosto de 2015. Firmado electrónicamente por el Teniente Alcalde Delegado de Presidencia, Políticas Transversales y Fomento Comercial, David Luque Peso.