Boletín nº 222 (16-11-2015)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 6.323/2015

Resolución Definitiva de la Convocatoria de Subvenciones en Concurrencia Competitiva del "Programa de Incorporación de Medidas de Ahorro y Eficiencia Energética para Cooperativas Agrarias de la Provincia de Córdoba" 2015.

En virtud de lo dispuesto en la base undécima de la Convocatoria de Subvenciones mediante el Procedimiento de Concurrencia Competitiva para el Programa de Incorporación de Medidas de Ahorro y Eficiencia Energética para Cooperativas Agrarias de la Provincia de Córdoba (BOP número 66 de 8 de abril de 2015), se hace pública su resolución definitiva adoptada por la Junta de Gobierno en sesión ordinaria de fecha 27 de octubre de 2015, con el siguiente literal:

La Junta de Gobierno, de conformidad con lo propuesto en el informe de referencia, haciendo uso de la competencia que tiene delegada por la Presidencia mediante Decreto de 8 de julio de 2015, del que se dio cuenta al Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día 15 del mismo mes y año, en votación ordinaria y por unanimidad,

Acuerda:

Primero. Desestimar la alegación presentada por la SCA Vitivinícola Local de Aguilar de la Frontera CIF 14.015.036 por no ser puntuables sus actuaciones en el apartado c) conforme a las bases de la convocatoria.

Segundo. Conceder una subvención de 20.000,00 euros, comprometiendo el gasto con cargo a la aplicación presupuestaria del ejercicio corriente 510.4121.77900 Sub. Proyectos Eficiencia Energética Empresas Econ. Social, para cada uno de los siguientes proyectos:

Nº Exp.

Titular

CIF

Puntuación

Importe concedido

2015/11216

Cooperativa Olivarera Ntra. Sra. de La Merced

F14013601

17,38

20.000,00€

2015/11417

Coop. Agrícola La Aurora Sdad. Coop. And.

F14011217

15,08

20.000,00€

2015/11218

Ntra. Sra. Desamparados Sdad. Coop. And.

F14011548

12,96

20.000,00€

2015/11358

S.C.A. Olivarera y Cer. Ntro. Padre Jesús

F14012140

12,58

20.000,00€

2015/11215

S.C.A. Oliv. de la Celada Ntra. Sra.  de La Piedad

F14017511

12,41

20.000,00€

2015/11360

Sdad. Cooperativa Limitada Jesus Nazareno

F14012108

12,35

20.000,00€

2015/11530

Cooperativa Avícola y Ganadera Regional

F14011662

11,22

20.000,00€

2015/11402

S.C.A. Olivarera y Cerealista San Sebastián

F14010771

9,58

20.000,00€

2015/10942

Sdad. Coop. Olivarera Andaluza German Baena

F14017461

8,86

20.000,00€

2015/11507

S.C.A. Olivarera Ntra. Sra. del Rosario

F14012165

5,20

20.000,00€

En relación a lo indicado en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y sin perjuicio de otras obligaciones que se deriven de las bases de la convocatoria, los beneficiarios estarán obligados a:

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones, así como su justificación ante la Diputación Provincial de Córdoba.

b) Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la subvención.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación de control financiero del Servicio de Intervención de la Diputación Provincial de Córdoba, así como de cualquier otra entidad en relación con las subvenciones concedidas, aportando y facilitando cuanta documentación sea requerida. Del mismo modo, se deberá disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario.

d) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

e) Adoptar las medidas de difusión indicadas en las bases.

f) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados.

Tercero. Desestimar las solicitudes de ayuda que se relacionan por no encontrarse entre los diez proyectos con mayor puntuación, proponiéndose los mismos como proyectos de reserva por orden de prelación.

Nº Exp.

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