Boletín nº 225 (19-11-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de El Viso

Nº. 6.385/2015

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario inicial, de fecha 24 de septiembre de 2015, aprobatorio de la Modificación de la Ordenanza Municipal reguladora de la Tasa por la Prestación de los Servicios de Casas de Baños, Piscinas e Instalaciones Análogas, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE CASAS DE BAÑOS, PISCINAS E INSTALACIONES ANÁLOGAS.

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Artículo 3º. Tarifa.

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Epígrafe 2º. Instalaciones Deportivas:

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7.8. Utilización del Centro Social La Bomba como Ludoteca Infantil durante los periodos de Feria, Reyes u otros: 1,00€/hora por niño/a, o fracción.

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Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los interesados Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En El Viso, a 13 de noviembre de 2015. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Díaz Caballero.

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