Boletín nº 227 (23-11-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 6.475/2015
Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 15 de septiembre de 2015, se adoptó el acuerdo número 209/15 de aprobación inicial de modificación de crédito del Presupuesto del año 2015.
Habiendo transcurrido el plazo establecido, no se ha presentado reclamación alguna contra el mismo, elevándose a definitivo, conforme a lo dispuesto en el artículo 179.4 en relación con el 169 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, el siguiente:
Acuerdo número 209/15
Primero: Aprobar una transferencia de créditos entre aplicaciones pertenecientes a distinta Área de Gasto de acuerdo con el siguiente detalle:
Transferencias negativas:
Código |
Aplicación presupuestaria |
Importe (€) |
Z F80 9430 48900 0 |
Patrimonio. Subv. Activ. 700 A. Sinagoga |
15.000,00 € |
|
Total Transferencias Negativas |
15.000,00 € |
Transferencias positivas:
Código |
Aplicación presupuestaria |
Importe (€) |
Z F80 3360 48100 0 |
Patrimonio. Certámenes Y Concursos |
1.000,00 € |
Z F80 4320 22699 0 |
Patrimonio. Secretaría Regional Ocpm |
4.000,00 € |
Z F80 3360 22609 0 |
Patrimonio. Act. Culturales Y Deportivas |
10.000,00 € |
|
Total Transferencias Positivas |
15.000,00 € |
Segundo: Someter la tramitación del expediente a los mismos requisitos de información, reclamaciones, recursos y publicidad que se establecen para la aprobación de los presupuestos, atendiendo a lo regulado en el artículo 179.4 del RD Legislativo 2/2004 y 42 del RD 500/90.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 171.1 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contra el anterior Acuerdo los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia y ello sin perjuicio de que puede ejecutar cualquier acción que se considere conveniente.
Córdoba, a 19 de noviembre de 2015. Firmado electrónicamente por la Teniente de Alcalde-Delegada de Participación Ciudadana, Hacienda, Salud y Consumo y Vivienda, Alba María Doblas Miranda (Decreto número 7558/15). Vº Bº. Firmado electrónicamente por el Secretario General del Pleno, Valeriano Lavela Pérez.