Boletín nº 231 (27-11-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Baena

Nº. 6.549/2015

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 19 de noviembre 2015, aprobó provisionalmente el expediente sobre imposición, ordenación y modificación de las ordenanzas fiscales reguladoras de los tributos Municipales que a continuación se detallan, que surtirán efectos a partir del 1 de enero de 2016, una vez transcurrido el periodo de exposición publica y de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

A) Imposición y Ordenación de las siguientes Tasas Municipales:

1. Ordenanza reguladora del precio público por la prestación de servicios de excursiones.

2. Ordenanza reguladora del precio público por entrada a celebraciones del colectivo de la tercera edad mediante servicio de catering.

3. Ordenanza reguladora del precio público servicios de utilización del trasporte urbano colectivo de viajeros en la localidad de Baena.

B) Modificación Ordenanzas fiscales impuestos y tasas municipales:

1. Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto sobre actividades económicas.

2. Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

3. Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto sobre bienes urbanos de naturaleza urbana.

4. Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

5. Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa de Alcantarillado.

6. Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa de Cementerio Municipal.

7. Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa de Apertura de Establecimientos.

8. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública con apertura de zanjas, calicatas y calas en terrenos de uso público.

9. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública con entradas de vehículos a través de las aceras y las reservas de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.

10. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública con puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terrenos de uso público.

11. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de piscina municipal.

12. Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio o Realización de Actividades en las Instalaciones Deportivas Municipales.

13. Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de suministro domiciliario de agua potable.

14. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de mercados municipales.

15. Ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio de piscina municipal cubierta.

16. Ordenanza reguladora de la tasa por utilización o aprovechamiento especial del dominio público con cajeros automáticos o similares con acceso directo desde la vía pública.

17. Ordenanza reguladora del precio público por asistencia a cursos de formación impartidos por este ayuntamiento.

18. Ordenanza reguladora del precio público por venta de libros publicados por el Excmo. Ayuntamiento de Baena.

19. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local derivado del estacionamiento de vehículos en los aparcamientos subterráneos de las plazas constitución, palacio y santo domingo de guzmán.

20. Ordenanza reguladora de precio público por el estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en el aparcamiento situado en la calle Alta San Juan propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Baena.

21. Ordenanza reguladora de precio público por utilización privativa o aprovechamiento especiales constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de la vía pública a favor de empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 del Texto Refundido de las Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, dicho expediente se expone al publico mediante anuncio colocado en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y publicado en el Boletín Oficial de esta Provincia y en el Diario de Córdoba, durante el plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional y se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia el texto íntegro de las imposiciones y modificaciones aprobadas.

Baena, 20 de noviembre de 2015. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Jesús Rojano Aguilera.

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