Boletín nº 238 (10-12-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villaralto
Nº. 6.643/2015
Publicado en el BOP número 206, de fecha 26 de octubre de 2015, anuncio de aprobación inicial de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 16 de octubre de 2015, de aprobación inicial de la referida Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
Artículo 1º.
De conformidad con lo previsto en el artículo 72 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, el tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles aplicable en este municipio queda fijado en los términos que se establecen en el artículo siguiente.
Artículo 2º.
1. El tipo de gravamen del Impuesto de Bienes Inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza urbana queda fijado en el 0,78%.
2. El tipo de gravamen del Impuesto de Bienes Inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza rústica queda fijado en el 0,30%.
Disposición Final
La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y comenzará a aplicarse a partir del día 1 de enero de 2016, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
En Villaralto a 2 de diciembre de 2015. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Ángel Gómez Fernández.