Boletín nº 250 (30-12-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de San Sebastián de los Ballesteros

Nº. 6.925/2015

Don Francisco Ansio Ortega, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Sebastián de los Ballesteros (Córdoba), hago saber:

Que no habiéndose formulado reclamación alguna contra el expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la entrada de vehículos a través de las aceras y/o vías públicas, reserva de vía pública para aparcamiento exclusivo y para carga y descarga de mercancías y materiales aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno en Sesión Ordinaria celebrada el día 9 de octubre de 2015, y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 204 de 22 de octubre de 2015, se entiende definitivamente aprobado el acuerdo adoptado conforme a lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, pudiéndose interponer contra el mismo Recurso Contencioso-Administrativo a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción.

A continuación se inserta el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza Fiscal correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, antes citado.

PRECEPTOS MODIFICADOS CON EL NUEVO TEXTO

Artículo 9. Base Imponible y Cuota Tributaria

1. Para la entrada de vehículos a través de las aceras y/o vías públicas por cada entrada:

a) Vado de uso permanente: 20,00€ año.

b) Vado de uso temporal: 12 € semestre.

c) De entrada y salida de vehículos a través de las aceras y/o vías públicas sin reserva de espacio: 15,00€ año.

Lo que se hace público para general conocimiento.

San Sebastián de los Ballesteros, 22 de diciembre de 2015. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Francisco Ansio Ortega.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad