Boletín nº 27 (10-02-2016)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 389/2016

Mediante Decreto de fecha 3 de febrero de 2016, insertado en libro de resoluciones con nº 2016/506, he resuelto lo que sigue:

La Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 (BOE nº 260, de 30 de octubre) contempló en su Disposición final novena la modificación de la (ya derogada) Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, con efectos de 1 de enero de 2016 y vigencia indefinida, incorporando una disposición adicional decimosexta que contempla un permiso retribuido para las funcionarias en estado de gestación. Dicho permiso, de aplicación a las funcionarias en estado de gestación de la Administración General del Estado desde la entrada en vigor de la mencionada Ley de Presupuestos (Disposición adicional nonagésima segunda), podrá extenderse al personal laboral en el marco de la negociación con las organizaciones sindicales del respectivo ámbito de cada Administración (Disposición adicional nonagésima tercera).

Considerando que la Disposición adicional decimosexta del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE nº 261, de 31 de octubre de 2015), contempla la posibilidad de que cada Administración Pública, en su ámbito, pueda establecer un permiso retribuido para las funcionarias en estado de gestación y que dicha Disposición entró en vigor el día 1 de enero de 2016, según indica su Disposición final única.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 (párrafo 5º) de los actuales Acuerdo/Convenio Colectivo, (publicados en BOP nº 72, de 12 de abril de 2014) y habiendo sido tratado este asunto con las Secciones Sindicales en sesiones del día 26 de enero de 2016 de la Mesa General de Funcionarios y de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo, en uso de las atribuciones conferidas vengo en resolver:

Primero. Hacer efectiva la incorporación al artículo 29 de los actuales Acuerdo/Convenio Colectivo de un nuevo permiso para las empleadas de la Diputación de Córdoba, con el siguiente tenor:

Las empleadas públicas en estado de gestación tendrán derecho a un permiso retribuido, a partir del día primero de la semana 37 de embarazo hasta la fecha del parto.

En el supuesto de gestación múltiple, este permiso podrá iniciarse el primer día de la semana 35 de embarazo hasta la fecha del parto.

Segundo. Ordenar la publicación de esta resolución en el BOP de Córdoba.

Lo que se publica para general conocimiento.

Córdoba a 4 de febrero de 2016. Firmado electrónicamente: El Diputado-Delegado de Hacienda, Recursos Humanos y Gobierno Interior, Salvador Blanco Rubio.

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