Boletín nº 44 (07-03-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villaralto
Nº. 550/2016
Acumulación expedientes sancionadores
En virtud de denuncias efectuadas por el Vigilante Municipal, nº entrada 1675/15, de fecha 07-10-15 (expediente SVA01/15) y nº entrada 1674/15, de fecha 07-10-15 (expediente SVA02/15) contra don José Galán Galán por infracción a la Ordenanza reguladora del Comercio Ambulante en el Término Municipal de Villaralto.
Considerando que el artículo 73 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, establece que el órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento, podrá disponer su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión.
Resultando que los expedientes citados fueron iniciados por similar motivo y concurriendo idénticas circunstancias.
Como órgano instructor de los expedientes referenciados.
Acuerdo
Decretar la acumulación de los expedientes sancionadores SVA01/15 y SVA02/15.
Contra el presente acuerdo de acumulación no procederá recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992.
Villaralto, 20 de enero de 2016. El Instructor, Fdo. Ángel Moreno Gómez.